Circular · SUSESO
N° 2686 de 2010
19 oct 2010
Lo que resuelve
La SUSESO instruye a las mutualidades remitir el presupuesto del seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales para el año 2011, con bases de cálculo y supuestos específicos, incluyendo un reajuste de pensiones estimado.
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Destinatario
Mutualidad de Empleadores de la Ley N° 16.744 (P)
Texto completo
AU0&201{H)5317
GO!IETNO
DÉ
CHILE
SUPEIINTENDEXCIA
DE SEGU DAD SOCtAt
CIRCULAR N'
SANTIAGO, 2686 1g 0cT. 2010
PRESUPTJESTO DEL SEGURO SOCIAL CONTRA RIESGOS DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y EI\IrERMEDADES
PROFESIONALES DE LA LEY N"16.744 PARA EL AÑO 2OII.
IMPARTE INSTRUCIONES A LAS MUTUALIDAI}ES DE EMPLEAI}ORES DE LA LEY N"16.744.
Conforme con lo establecido en el articulo 39 del D.S. N"l0l, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, se solicita a Ud. remitir a m¿ls tardar el 29 de octubre del año en curso, el presupuesto del Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Ley Nol 6.744 para el año 201 I de esa Entidad. Los presupuestos que se rernitan deben estar aprobados por sus respectivos Directorios y en caso de no ser así, deberiin ser enviadas las estimaciones provisorias y remitir el presupuesto aprobado por el Directorio en el mes en que ello ocurr¡L
Para los efectos de confeccionar el presupuesto requerido, se imparten las siguientes instrucciones: 1.- El presupuesto solicitado deberá presentarse conforme al formato de Estado de Resultados establecido en la circular N" 2.088, de 2003. Deberán acompañarse adernás las bases de ciílculo de cada uno de los datos informados. Para la elaborasión del presupuesto debeían tenerse en cuenta las inskucciones de los puntos que se señalan a continuación. 2.- En el caso de los ingresos por cotizaciones, deberá especificmse a lo menos el número estimado de cotizantes y el porcentaje estimado de incremento en las remuneraciones, tanto por inflación como por incremento real. 3.- En el caso de las prestaciones económicas, codigos 42010 al 42030, deberá informarse el número y monto estimado de cada una de ellas.
En relación al gasto en subsidios, deberá detallarse tanto el monto del gasto neto c,omo el de las cotizaciones previsionales.
Respecto del Gasto en pensiones (42030) y del Fondo para respaldo y provisión de pensiones ügentes (42100), atendida la va¡iación experimentada por el Indice de Precios al consumidor desde el mes de noviembre de 2009 hasta la fecha, debená suponerse que el reajuste de pensiones de diciembre de 2010 será de 3,5Yo. Además, para la estimación del Fondo para respaldo de pensiones vigentes, debeni utilizarse la Nota Explicativa N"22, letra B), indicando el Yo de reajuste considerado para el año 201 I y teniendo presente las instrucciones impartidas a través de la Circular No 2546, de 2009, de esta Superintendencia. En la proyección de1 Gasto en pensiones deberán incluirse las bonificaciones otorgadas a las üudas por las lryes N"s 19.403, 19.539 y 19.953, especificando el monto de dichas bonificaciones. No debsn considerarse en cambio, los montos que correspondan al Aporte previsional Solidario. 4.-
En cuanto a las Prestaciones médicas (42040), Prestaciones preventivas de riesgos $205A\ y Administración (42060), debenán señalarse las bases de crilculo utilizadas en las estimaciones de cada uno de dichos íternes y detallarse el desglose de las estimaciones conforme al formato de las Notas Explicativas respectivas (Notas 22, 28 v 29\. 5.-
Para el ítem otros Egresos operacionales (42140), deberá especificarse el importe correspondiente a los aguinaldos de Fiestas patrias y Navidad. 6.-
Para la estimación del ítem ventas de servicios a Terceros (51020), específicamente en lo que dice relación con las prestaciones mfiicas otorgadas a terceros, deberá indicarse cu¿tnto corresponde al aumento en el número de prestaciones y cuiínto a la variación de aranceles. 1
Para la estimación de las utilidades o perdidas de inversiones en empresas relacionadas (51040 y 52030), deberrán explicitarse sus fundamentos. rA qcp"p
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- Mutualidades de Empleadores (p)
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