Circular · SUSESO
N° 3453 de 2019
15 oct 2019
Lo que resuelve
Vigencia, 1° de enero de 2020
Destinatario
Instituto de Seguridad Laboral
Texto completo
AUOS-2019-00384
CIRCULARW
SANTIAGO, 15 OCT Z019
REPORTES FINANCIEROS DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD LABORAL
MODIFICA EL TÍTULO IV. INFORMACIÓN FINANCIERA DEL LIBRO VIII. ASPECTOS FINANCIERO CONTABLES DEL COMPENDIO DE NORMAS DEL SEGURO SOCIAL DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA LEY N°16.744
La Superintendencia de Seguridad Social, en el uso de las atribuciones que le confieren los artículos 2°, 3°, 30 y 38 letra d) de la Ley W 16.395 y el artículo 12 de la Ley W16.744, ha estimado pertinente actualizar las instrucciones impartidas en relación al reporte de los estados financieros del Instituto de Seguridad Laboral, a través de la modificación de la Letras C. y G., ambas del Título IV. del Libro VIII. Aspectos Financiero Contables del Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Ley W 16.744.
Cabe hacer presente que respecto del reporte de los estados financieros del Fondo SANNA, de la Ley
W21.010, la Superintendencia de Seguridad Social impartirá instrucciones especiales a fin de regular dicha materia. l.
MODIFÍCASE EL TÍTULO IV. INFORMACIÓN FINANCIERA DEL LIBRO VIII. ASPECTOS FINANCIERO CONTABLES EN LOS SIGUIENTES TÉRMINOS:
1. Modifícase la Letra C. Reportes Financieros del instituto de seguridad laboral, de la siguiente forma: 1.1. Reemplázase el cuarto párrafo de su encabezado por el siguiente: "El Instituto de Seguridad Laboral deberá remitir los siguientes Reportes Financieros: •
Reporte Estado de Situación Financiera Clasificado, de acuerdo al formato contenido en la Letra A. del Anexo W 16 "Formato de Reporte Información Financiera ISL", de la Letra G. Anexos.
•
Reporte de Estado de Resultados por Función de acuerdo al formato contenido en la Letra B. del Anexo W16 "Formato de Reporte Información Financiera ISL", de la Letra G. Anexos.
•
Reporte de Notas Explicativas, de acuerdo a lo señalado en el Capítulo 111. Reporte de Notas explicativas del Instituto de Seguridad Laboral de esta Letra.". 1.2. lntrodúcense las siguientes modificaciones en el CAPITULO l. Normas para la preparación de los reportes financieros:
a) Modifícase el número 1. Presentación y Plazos, de la siguiente forma:
i) Reemplázase el párrafo de la letra a) Reportes de Situación Financiera Trimestral, por el siguiente:
"El Instituto de Seguridad
Laboral deberá remitir trimestralmente a la Superintendencia de Seguridad Social: i) un Reporte de Estado de Situación Financiera Clasificado y ii) un Reporte de Estado Resultados por Función, referidos al 31 de marzo, 30 de junio y 30 de septiembre de cada año, los cuales deberán enviar dentro del plazo de 45 días contados desde la fecha de cierre del respectivo trimestre calendario.". ii) Reemplázase el párrafo de la letra b) Reporte de Situación Financiera Anual, por el siguiente:
"El Instituto de Seguridad Laboral deberá remitir anualmente a la Superintendencia de Seguridad Social: i) un Reporte de Estado de Situación Financiera Clasificado; ii) un Reporte de Estado Resultados por Función y iii) el respectivo Reporte de Notas Explicativas, referidos al 31 de diciembre de cada año, los que se deberán ser enviados a más tardar el 28 o 29 de febrero del año siguiente.".
b) Reemplázase el párrafo del número 2. Mecanismo de envío, por el siguiente: "Los Reportes de Situación Financiera deberán ser enviados en formato XML a través del sistema de Gestión de Reportes e Información para la Supervisión (GRIS), de acuerdo a lo señalado en la Letra B, del Título 11 del Libro IX. Asimismo, la información deberá ser remitida al correo electrónico "[correo reservado]".".
e) Reemplázase el segundo párrafo del número 3. Instrucciones generales, por el siguiente: "El Reporte de Estado de Situación Financiera Clasificado, el Reporte de Estado Resultados por Función y el respectivo Reporte de Notas Explicativas, deberán presentarse en forma comparativa entre el ejercicio actual y el 31 de diciembre del año anterior.". 1.3. lntrodúcense las siguientes modificaciones en el CAPITULO 11. Reporte de Situación Financiera:
a) Reemplázase el título del CAPÍTULO 11. "Reporte de Situación Financiera", por "Reportes de Estado de Situación Financiera Clasificado y de Estado de Resultados por Función".
b) Reemplázase la expresión "A continuación se detallan los ítems que componen el Reporte de Situación Financiera:", por:
"1. Estado de Situación Financiera Clasificado
A continuación se detallan los ítems que componen el Reporte de Estado de Situación Financiera Clasificado:" e) Modifícase el nuevo número 1. Estado de Situación Financiera Clasificado, de acuerdo a lo siguiente:
i) Reemplázase el primero, segundo y tercer párrafo del ítem 11050 Deudores previsionales, neto, por los siguientes párrafos:
"En este ítem se incluyen las cotizaciones devengadas por el Instituto de Seguridad Laboral en el mes que se informa, en su calidad de organismo administrador del Seguro Social de la Ley W16.744, como asimismo las deudas derivadas de cotizaciones declaradas y no pagadas, de las cotizaciones que se presumen declaradas y no pagadas de acuerdo a lo establecido en el artículo 22 letra d) de la Ley W 17.322 y de las concurrencias por cobrar tanto de pensiones como de indemnizaciones. Igualmente, y tratándose de la cotización adicional, se imputará la 3
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'11 diferencia no declarada que le corresponda enterar a las entidades empleadoras como consecuencia de un recargo fijado a su tasa de cotización adicional. Además, deberán incluirse en este ítem los beneficios indebidamente percibidos por los beneficiarios y los fraudes que afecten a fondos propios.". ii) lntercálase en el párrafo del ítem 11060 Aportes legales por cobrar, neto, entre la palabra "Cesantía," y la conjunción "y", la expresión "al fondo SAN NA,". iii) Agrégase en el párrafo del ítem 12110 Propiedades, planta y equipo, neto, a continuación del punto aparte que pasa a ser punto seguido, la siguiente oración: "Además se deberá agregar en este ítem los activos identificados producto de contratos de arrendamiento.". iv) lntercálase en el primer párrafo del ítem 21020 Prestaciones por pagar, entre la palabra "cierre" y la palabra "Reporte", la contracción "del".
v) Reemplázase el párrafo del ítem 21120 Retenciones, obligaciones previsionales e impuestos, por el siguiente:
"En este ítem se deberán incluir las cotizaciones previsionales del personal del Instituto de Seguridad Laboral, las cotizaciones correspondientes a los subsidios pagados a los trabajadores afiliados, y las cotizaciones de sus pensionados, además de las retenciones por concepto de impuestos, como por ejemplo impuestos de 2!! categoría. Asimismo, deberán incluirse aquellas obligaciones tales como retenciones judiciales, honorarios y remuneraciones por pagar.".
d) Agrégase a continuación del ítem 23060 Excedente (déficit) del ejercicio, el siguiente número 2. Estado de Resultados por Función, nuevo:
"2. Estado de Resultados por Función
A continuación se detallan los ítems que componen el Reporte de Estado de Resultados por Función: 41000 TOTAL INGRESOS ORDINARIOS
Corresponde a los ingresos ordinarios percibidos por el Instituto de Seguridad Laboral en el período a que se refieren los estados financieros, que atañen su giro propio. Los conceptos que conforman los ingresos ordinarios deben incorporarse a los ítems 41010 al 41070 que se definen a continuación. 41010 Ingreso por cotización básica
Se incluyen en este ítem los ingresos devengados y percibidos por este concepto proveniente de las entidades empleadoras afiliadas, en conformidad con el artículo 15 letra a) de la Ley W16.744.
Además deberán consignarse en este ítem los ingresos por cotización básica de los de los trabajadores independientes y los aportes que por este concepto realizan los administradores delegados. 41020 Ingreso por cotización adicional
Se incluyen en este ítem los ingresos devengados y percibidos por este concepto proveniente de las entidades empleadoras afiliadas, en conformidad con el artículo 15 letra b) de la Ley W16.744.
Además deberán imputarse en este ítem los ingresos por cotización adicional de los trabajadores independientes y los aportes que por este concepto realizan los administradores delegados. 41030 Ingreso por cotización extraordinaria
Se incluyen en este ítem el ingreso devengado por este concepto proveniente de las entidades empleadoras afiliadas, en conformidad con el artículo sexto transitorio de la Ley W19.578 y la cotización extraordinaria que enteran los administradores delegados por este concepto.
En este mismo ítem, deberán imputarse los extraordinaria de los trabajadores independientes. ingresos por cotización 41040 Intereses, reajustes y multas por cotizaciones
Incluye los ingresos por concepto de intereses y reajustes generados por atrasos en el pago y las multas por no declaración de las cotizaciones, de acuerdo a lo establecido en la Ley W17.322. 41050 Rentas de inversiones financieras que respaldan reservas
En este ítem se incluirán todas las rentas obtenidas en el período informado, por las inversiones en instrumentos financieros que respaldan las "Garantías de los administradores delegados", y ei"Fondo de reserva de eventualidades" (23020). 41070 Otros Ingresos Ordinarios
Se incluyen en este ítem todos aquellos ingresos que provienen de las operaciones derivadas de la administración del Seguro de la Ley W16.744 y que no hubieran sido definidos anteriormente, tales como ingresos derivados del Seguro Obligatorio de Accidentes Personales (SOAP) establecido en la Ley W18.490, las recuperaciones de las cuentas deudoras castigadas, multas por aplicación del artículo 80 de la Ley W 16.744, etc.
También corresponde incluir otros ingresos clasificados en cuanto a su función como parte de los ingresos ordinarios, no incluidos dentro de los ítems anteriores. Se deberán imputar además en este ítem los ingresos para el Seguro Escolar proveniente de los administradores delegados y las trasferencias recibidas de otras entidades públicas. 42000 TOTAL EGRESOS ORDINARIOS
Corresponde a la suma algebraica de los ítems 42010 al42170. 42010 Subsidios
Corresponde al gasto en los subsidios establecidos en el artículo 30 de la Ley W16.744, incluidas las cotizaciones que corresponda pagar durante el período de incapacidad laboral. 42020 Indemnizaciones
Corresponde al gasto en las indemnizaciones establecidas en los artículos 35 y 37 de la Ley W16.744. Además, se imputarán las concurrencias pagadas (descontadas las percibidas) originadas en indemnizaciones. 42030 Pensiones
Corresponde al gasto en pensiones de invalidez parcial, invalidez total, gran invalidez y prestaciones por supervivencia, conforme con lo establecido en los artículos 38 al 41 y 43 al 50 de la Ley W16.744, como asimismo al gasto originado por las bonificaciones de carácter permanente otorgadas a los pensionados. Además, procede imputar a este ítem las concurrencias pagadas {descontadas las percibidas) originadas en pensiones. 42040 Prestaciones Médicas
Corresponde a los gastos directos e indirectos incurridos en prestaciones médicas, tales como los originados en las atenciones médicas, quirúrgicas y dentales, ambulatorias o intrahospitalarias, procedimientos de diagnósticos y/o terapéuticos proporcionados a los trabajadores de las entidades empleadoras afiliadas al Instituto, como consecuencia de un accidente del trabajo o enfermedad profesional sean otorgadas por el Instituto o a través de convenios con otras entidades. Debe incluirse en este ítem el gasto en consultas médicas, consultas médicas domiciliarias, medicamentos y productos farmacéuticos, prótesis y aparatos ortopédicos, exámenes complementarios en general, reeducación profesional, rehabilitación física y gastos de traslado de pacientes, y cualquier otro gasto que fuese necesario para el otorgamiento de estas prestaciones.
Además, se incluirá la depreciación de las propiedades, planta y equipo utilizados en forma directa en el otorgamiento de las prestaciones incluidas en este ítem. Por gastos directos deberán entenderse aquellos que son atribuibles en su totalidad a las prestaciones médicas que el Instituto de Seguridad Laboral otorga a su población protegida.
A su vez, por gastos indirectos se entenderá a aquellos que son necesarios para desarrollar dicha función y generalmente son compartidos con las otras áreas o funciones desarrolladas por el Instituto de Seguridad Laboral, los que deberán imputarse mediante la aplicación de un criterio de prorrateo, como por ejemplo: contabilidad, informática, recursos humanos, bienestar, abastecimiento, mantención y otros servicios comunes.
No podrán imputarse en este ítem, aquellos gastos directos o indirectos cuyo destino no sea el otorgamiento de prestaciones médicas directas a la población protegida por el Instituto de Seguridad Laboral, salvo aquellas que propendan a otorgar una mejor atención médica a futuro de la población cubierta por el Seguro, como lo sería la capacitación del personal médico y las erogaciones destinadas a investigación y desarrollo que se realicen en beneficio de esta área. 42050 Prestaciones Preventivas de Riesgos
Corresponde incluir en este ítem todos los gastos directos e indirectos generados por el conjunto de actividades realizadas por el Instituto de Seguridad Laboral destinadas a evitar, controlar o disminuir los riesgos de accidentes del trabajo y de la Ley No 16.744 enfermedades profesionales definidos en los artículos so y respectivamente, en los trabajadores de sus empresas y trabajadores independientes afiliados, incluyendo aquellas que deben realizar en virtud de lo establecido en el Título 11. Responsabilidades y obligaciones de los organismos administradores y Título 111. Estudios de investigación e innovación, del Libro IV. Prestaciones Preventivas. Debe imputarse también, la depreciación de las propiedades, planta y equipo utilizados en la realización de dichas actividades, y la provisión por los Proyectos de Investigación e Innovación incluida en el ítem 21110 "Provisiones". r
Se deberá incluir en este ítem, además las transferencias realizadas al Ministerio de Salud, según lo instruido en artículo 21 de la Ley W 16.744, para financiar el desarrollo de las labores de inspección y prevención de riesgos profesionales. Por gastos directos deberán entenderse aquellos que son imputables totalmente a la función de prevención que el Instituto de Seguridad Laboral realiza. A su vez, por gastos indirectos se entenderán aquellos que si bien son necesarios para desarrollar dicha función son compartidos con las otras áreas o funciones desarrolladas por el Instituto de Seguridad Laboral, los que deberán imputarse mediante la aplicación de un criterio de prorrateo, como por ejemplo: contabilidad, informática, recursos humanos, bienestar, abastecimiento, mantención y otros servicios comunes. Los conceptos imputables a este ítem corresponden a los definidos a continuación: Gastos en Personal: en los conceptos de sueldos, otras remuneraciones, indemnización por años de servicios, viáticos, capacitación y otros estipendios, se deberá considerar el gasto en personal con vinculo de subordinación y dependencia que ejecute labores de prevención de riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, como por ejemplo: asesoría y asistencia técnica a las empresas y trabajadores independientes afiliados, actividades relacionadas con los programas de vigilancia epidemiológica (incluidas las evaluaciones de las condiciones de trabajo), evaluaciones médicas ocupacionales, evaluaciones ambientales, capacitación a empresas y trabajadores independientes afiliados y todas aquellas actividades que deban realizar de acuerdo a lo establecido en el Título 11. Responsabilidades y obligaciones de los organismos administradores y Título 111. Estudios de investigación e innovación, del Libro IV. Prestaciones Preventivas.
Arriendo de equipos: se deberán incluir en este concepto los gastos incurridos por arriendo de equipos médicos e instrumentos de medición necesarios para realizar evaluaciones médicas ocupacionales y evaluaciones ambientales.
Arriendo de propiedades: en este concepto se deberán incluir los gastos por concepto de arriendo de propiedades utilizadas por las áreas que ejecuten labores de prevención de riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. Arriendo de vehículos: se deberán incluir en este concepto los gastos de arriendo de vehículos utilizados en actividades de asesoría y asistencia técnica a las empresas y trabajadores independientes afiliados en materias de prevención de riesgos.
Campañas preventivas: se deberán imputar en este concepto los gastos incurridos en campañas realizadas con el propósito de difundir medidas de prevención para evitar, controlar o disminuir los riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales en los trabajadores de sus empresas y trabajadores independientes afiliados; así como las campañas enfocadas a riesgos específicos en las empresas y trabajadores independientes afiliados y aquellas actividades preventivas establecidas en el Plan Anual de Prevención.
Capacitación: en este concepto se deberán incluir los gastos incurridos en la realización de las capacitaciones señaladas en la Letra E. Capacitaciones, del Título 11. Responsabilidades y obligaciones de los organismos administradores, del Libro IV. Prestaciones Preventivas, en concordancia a lo instruido en numeral 2. Capacitación a trabajadores de entidades adheridas, de la Letra D. Incentivos para la afiliación y mantención de entidades empleadoras adherente, del Título 11. del Libro VIl. Aspectos operacionales y administrativos.
Exámenes de salud: se deberán incluir en este concepto los gastos incurridos en la realización de exámenes de laboratorio, imagenología y otros exámenes complementarios necesarios para realizar evaluaciones médicas ocupacionales y programas de vigilancia epidemiológica.
Estudios de investigación e innovación: en este concepto se deberán incluir los gastos para el desarrollo de las actividades y proyectos de investigación e innovación en prevención de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales señaladas en el en el Título 111. del Libro IV. Prestaciones Preventivas, que se financian con parte de los recursos destinados a actividades de prevención de riesgos laborales, de acuerdo a lo dispuesto en el decreto supremo dictado anualmente por Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que establece el presupuesto del año para la aplicación del Seguro de la Ley W16.744.
Honorarios área de la salud: se deberán incluir en este concepto los gastos por honorarios de profesionales externos del área de la salud contratados o por servicios contratados a personas naturales o jurídicas que prestan servicios asociados a evaluaciones médicas ocupacionales y a programas de vigilancia epidemiológica, como por ejemplo: médicos especialistas, enfermeras y sicólogos. Honorarios- Asesorías y/o Asistencia Técnica: se deberán incluir en este concepto los gastos por servicios profesionales externos contratados a personas naturales o jurídicas, destinados a apoyar la labor de asesoría y asistencia técnica en prestaciones preventivas de riesgos, que deben entregar a sus empresas y trabajadores independientes afiliados.
Insumas, equipos médicos e instrumentos de medición: se deberán incluir en este concepto los gastos en insumas, equipos médicos e instrumentos de medición necesarios para realizar evaluaciones médicas ocupacionales y todos aquellos relacionados con los programas de vigilancia epidemiológica.
Mantención de plataformas y licencias: se deberán incluir en este concepto los gastos incurridos por mantención de licencias, aplicaciones y/o plataformas tecnológicas, que sean utilizadas para la asesoría y asistencia técnica de sus empresas y trabajadores independientes afiliados o para realizar el envío de reportes solicitados por esta Superintendencia.
Mantención y reparación de propiedades, planta y equipo: en este concepto se deberán incluir los gastos de mantención y reparación de los bienes utilizados para otorgar asesoría y asistencia técnica a sus empresas y trabajadores independientes afiliados, en la realización de evaluaciones médicas ocupacionales y en los programas de vigilancia epidemiológica.
Material de apoyo: en este concepto se deberán incluir los gastos incurridos en impresiones de formularios, material de difusión y material utilizado con el propósito de evitar, controlar o disminuir los riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales en los trabajadores de sus empresas y trabajadores independientes afiliados, como por ejemplo: cuadernillos, dípticos, trípticos, cartillas, libros, guías, letreros o paneles interactivos (digitales y/o físicos), semáforos y paneles preventivos.
Organización de eventos: en este concepto se deberán incluir los gastos asociados a la organización de actividades cuyo propósito sea evitar, controlar o disminuir los riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, debiendo estas actividades estar orientadas exclusivamente a los trabajadores de sus empresas y trabajadores independientes afiliados.
Otros proyectos: se deberán incluir en este concepto los gastos para el desarrollo de otros proyectos de investigación o innovación, no financiados con los fondos que señala considerados en el decreto presupuestario anual, siempre y cuando estos otros proyectos tengan como propósito evitar, controlar o disminuir los riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales en los trabajadores de sus empresas y trabajadores independientes afiliados.
Patentes, seguros y contribuciones: en este concepto se deberán incluir los gastos por patentes o permisos municipales, seguros e impuesto territorial de las áreas o dependencias en las que se ejecuten labores de prevención de riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
Otros proyectos: se deberán incluir en este concepto los gastos para el desarrollo de otros proyectos de investigación o innovación, no financiados con los fondos que señala el decreto presupuestario anual, siempre y cuando estos otros proyectos tengan como propósito evitar, controlar o disminuir los riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales en los trabajadores de sus empresas y trabajadores independientes afiliados.
Publicaciones: en este concepto se deberán incluir los gastos en publicaciones cuyo objetivo sea difundir materias específicas relacionadas con seguridad y salud en el trabajo con el propósito de evitar, controlar o disminuir los riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales en los trabajadores de sus empresas y trabajadores independientes afiliados.
Servicios generales: en este concepto se deberán incluir los gastos por servicios generales de las áreas o dependencias en las que se ejecuten labores de prevención de riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, como por ejemplo: servicio de alimentación del personal, servicio de aseo, servicios de vigilancia, servicios de transporte, servicios de radiofrecuencia, servicios de digitalización y servicio de archivo externo.
Otros: se deberán incluir gastos no considerados en los conceptos ya definidos, siempre que éstos tengan como propósito evitar, controlar o disminuir los riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales en los trabajadores de sus empresas y trabajadores independientes afiliados. Se deberán revelar las 10 cuentas contables cuyos saldos registren los mayores gastos dentro de este concepto.
Depreciación: se deberá imputar el gasto por la depreciación de las propiedades, planta y equipo, utilizados en la realización de las actividades relacionadas con las prestaciones preventivas de riesgos. 42060 Funciones Técnicas
Corresponde que se imputen a este ítem, todos aquellos gastos asociados a funciones que ejecuta el Instituto de Seguridad Laboral, cuya característica es que le son propias al objeto para el cual fue creado, es decir, son realizables en su calidad de administrador del Seguro Social establecido en la Ley W 16.744. Por lo tanto, procede que se ·carguen a este ítem los gastos directos e indirectos originados en el cálculo y concesión de las prestaciones económicas (pensiones, subsidios e indemnizaciones; no incluye el monto del beneficio), cálculo y administración de los capitales representativos, determinación de las tasas de cotización adicional por siniestralidad efectiva de las entidades empleadoras y los gastos inherentes a las actividades necesarias para resolver lo establecido en el Libro 111. Denuncia, calificación y evaluación de incapacidades permanentes, incluidos los gastos en prestaciones médicas y en evaluaciones de condiciones de trabajo, que sirvan como fuente de información para la calificación de origen de las enfermedades.
Se deberá incluir en este ítem, además las transferencias realizadas al Ministerio de Salud, según lo instruido en artículo 21 de la W 16.744, para el financiamiento de la COMERE.
Por gastos directos deberán entenderse aquellos que son totalmente imputables a las funciones técnicas que el Instituto realiza para la concesión de las prestaciones a su población protegida.
A su vez, por gastos indirectos se entenderán aquellos que, no obstante no son totalmente imputables, son necesarios para desarrollar dichas funciones y generalmente son compartidos con otras áreas o funciones desarrolladas por el Instituto, como por ejemplo contabilidad, informática, recursos humanos, bienestar, abastecimiento, mantención y otros servicios comunes.
También corresponde que se impute la depreciación de propiedades, planta y equipo necesarios para la ejecución de las funciones técnicas por parte del Instituto de Seguridad Laboral. 42070 Variación de los capitales representativos de pensiones vigentes Corresponde al efecto en el resultado del período proveniente de los ajustes que experimentan los capitales representativos de pensiones vigentes. 42140 Pérdidas en inversiones financieras que respaldan reservas
En este ítem se incluirán todas las pérdidas incurridas en el período informado, por las inversiones con instrumentos financieros que respaldan las "Garantías de los administradores delegados", y ei"Fondo de reserva de eventualidades" (23020). 42150 Gastos de Administración
Deberán imputarse a este ítem todos los gastos generados por la administración superior del Instituto, además de aquellos generados en otros niveles jerárquicos que no forman parte de la administración superior, pero que por su naturaleza corresponde imputarlos a la administración del Instituto; sólo podrán excluirse aquellos gastos que sean directa o indirectamente imputables a las funciones definidas en los ítems de "Prestaciones médicas", "Prestaciones preventivas de riesgos" y de las "Funciones Técnicas" de ese Instituto.
Por administración superior, se entenderá a aquellos niveles jerárquicos del Instituto de Seguridad Laboral conformado por:
•
•
•
•
Director
Fiscal
Contralor o Auditor Interno
Jefes de División, Departamentos o Áreas
Además de los desembolsos generados por la administración superior, corresponde que se imputen los gastos que generen sus funcionarios y trabajadores directos. Asimismo, corresponderá imputar, conforme al criterio de prorrateo utilizado por el Instituto, los gastos generados por las Direcciones Regionales, de Sucursales o de otras similares. En todo caso, el porcentaje de gasto prorrateable a gastos de administración no puede ser inferior a un 50% del total.
También corresponde que se impute la depreciación de los bienes de propiedades, planta y equipo necesarios para la administración del Instituto de Seguridad Laboral. 42160 Pérdidas por deterioro (reversiones), neta
Incluye todas las pérdidas por deterioros, reales o estimados, determinados a las cuentas de activos corrientes y no corrientes, como asimismo las reversiones correspondientes. Los deterioros de inversiones en instrumentos financieros deben reflejarse en sus cuentas de pérdidas respectivas. 42170 Otros egresos ordinarios
Se incluirán en este ítem todos aquellos egresos que provengan de las operaciones del Instituto, derivadas de la administración del Seguro de la Ley No 16.744, y que no hubiesen sido definidos anteriormente.
También corresponden a otros gastos clasificados en cuanto a su función como parte de los egresos ordinarios, no incluidos dentro de ellos en los ítems anteriores, como las transferencias realizadas a la Subsecretaría de Salud Pública para el financiamiento de las prestaciones médicas del Seguro Escolar. 43000
Margen Bruto
Corresponde a la diferencia entre los rubros "Total ingresos ordinarios" (41000) y "Total egresos ordinarios" (42000). 44060 Otros Ingresos
Se incluyen en este ítem todos los ingresos que no deriven de la administración del Seguro de la Ley W16.744 y que no hubieren sido definidos anteriormente. 44070 Otros Egresos
Incluye todos aquellos gastos que no deriven de la administración del Seguro de la Ley W16.744 y que no hubiesen sido definidos anteriormente. 47000 EXCEDENTE (DÉFICIT) DEL EJERCICIO
Corresponde a la suma de los ítems 43000, 44060 y 44070.". 1.4. Modificase el Capítulo 111. Reporte de Notas Explicativas del Instituto de Seguridad Laboral, en lo siguiente:
a) Agrégase la nueva letra i) Reserva técnicas, a continuación de la letra h) provisiones, de la Nota 1: Bases de presentación de los reportes financieros y políticas contables aplicadas:
"i) Reservas técnicas
Se deberá indicar las reservas vinculadas a los contratos de seguros, en donde se deberá revelar el detalle de la metodología utilizada para el cálculo de las reservas existentes, así como las tablas de mortalidad e interés técnico aplicado, según sea el caso, para su constitución en los Estados Financieros del Instituto.
i) Reserva de capitales representativos de pensiones
Reserva por prestaciones médicas por otorgar ii)
Reserva por subsidios por pagar iii)
Reserva por indemnizaciones por pagar iv) v)
Reserva adicional por insuficiencia de pasivos
Reserva de siniestros ocurridos y no reportados (IBNR) vi)
En caso de existir insuficiencia en el valor de las reservas constituidas, el Instituto deberá revelar el monto no reconocido en los Estados Financieros, para cuyo efecto deberá completar el cuadro siguiente:
Reserva Constituida
DD/MM/X1
M$
Concepto
Reserva No Constituida
DD/MM/X1
M$
Reserva de capitales representativos de pensiones
Reserva por prestaciones médicas por otorgar
Reserva por subsidios por pagar
Reserva por indemnizaciones por pagar
Reserva adicional por insuficiencia de pasivos
Reserva de siniestros ocurridos y no reportados (IBNR)
Tota 1reservas b) Agrégase en la primera columna del cuadro del número 3. NOTA 3: Efectivo y efectivo equivalente, a continuación del concepto "Bancos", los conceptos "Depósitos a Plazo" y "Otros efectivos y equivalentes de efectivo".
e) Reemplázase la tabla de la letra a) Detalle de inversiones financieras a costo amortizado clasificadas en el Activo Corriente y No Corriente, del número 4. NOTA 4: Activos financieros a costo amortizado, por la siguiente:
DD/MM/AAX1
Detalle
Corriente
M$
No Corriente
M$ 31/12/AAXO
Corriente
No Corriente
M$
M$
Garantías constituidas por Administradores Delegados
Fondo de Reserva de Eventualidades
Otros (especificar)
Total d) Reemplázase el número S. NOTA 5: Deudores previsionales, neto, por lo siguiente: "a) El detalle de los Deudores Previsionales clasificados en el Activo Corriente, según la antigüedad de la deuda, es el siguiente:
Concepto
DD/MM/AAX1
M$
Al día Hasta 3 Total Deter.i oro meses 31/12/AAXO
M$
Total
Neto
Al día Hasta 3 Total Deterio meses ro
Total
Neto
Cotizaciones declaradas y no pagadas:
• Ingresos por Cotización Básica
• Ingresos Cotización Adicional
• Ingresos por Cotización
Extraordinaria
Intereses, reajustes y multas
Deudores por concurrencia de pensiones:
• Asociación Chilena de Seguridad
• Mutual de Seguridad de la C.Ch .
•
. c.
Instituto de Seguridad del Trabajo
Deudores por concurrencias de indemnizaciones:
•
•
Asociación Chilena de Seguridad
Mutual de Seguridad de la C. Ch . c.
•
Instituto de Seguridad del Trabajo
• Administrador delegado (especificar)
Beneficios por cobrar ( Art. 77 Bis, Ley N" 16.744)
Diferencias por cotizaciones adicionales
Subsidios por incapacidad laboral a recuperar
Beneficios indebidamente percibidos
Fraudes que afecten a fondos propios
Otros (especificar)
Subtotal
Menos: Provisión por pérdidas por deterioro
Total Neto b) El detalle de los Deudores Previsionales clasificados en el Activo No Corriente, según la antigüedad de la deuda, es el siguiente:
Concepto
DD/MM/AAX1
M$ 31/12/AAXO
M$
Más de 3 meses y hasta 12 meses
Más de 12 meses y hasta 18 meses
Más de 18 meses
Total
Deterior Total o Neto
Más de Más 3 meses de 12 y hasta meses 12 y meses hasta 18 meses
Más de 18 meses
Total
Deteri oro
Cotizaciones declaradas y no pagadas:
• Ingresos por Cotización Básica
• Ingresos Cotización
Adicional
• Ingresos por Cotización
Extraordinaria
• Intereses, reajustes y multas
Deudores por concurrencia de pensiones:
• Asociación Chilena de Seguridad
• Mutual de Seguridad de la C.Ch. C.
• Instituto de Seguridad del Trabajo
Deudores por concurrencias de indemnizaciones:
• Asociación Chilena de Seguridad
• Mutual de Seguridad de la C.Ch. C.
Instituto de Seguridad del Trabajo
• Administrador delegado
{especificar)
Beneficios por cobrar { Art. 77
Bis, Ley N" 16.744)
Diferencias por cotizaciones adicionales
Subsidios por incapacidad laboral a recuperar
Beneficios indebidamente percibidos
Fraudes que afecten a fondos propios
Otros {especificar)
.
Subtotal
Menos: Provisión por pérdidas por deterioro
Total Neto 14
Total
Neto e) Reemplázase la tabla del número 6. NOTA 6: Aportes legales por cobrar, neto, por la siguiente:
DD/MM/AAX1
M$
Detalle
Fondo único de prestaciones familiares
Mano de Obra (Dl N'889 de 1975)
Fondo Administración SAN NA
Otros (especificar) 31/12/AAXO
M$
Subtotal
Menos: Provisión por pérdidas por deterioro
Total Neto
------
f) Reemplázase el número 7. NOTA 7: Otras cuentas por cobrar, neto, por lo siguiente: "a) El detalle de las Otras cuentas por cobrar, clasificadas en el Activo Corriente, es el Concepto siguiente:
DD/MM/AAX1
M$
Al día Hasta 3 meses
Más de 3 y hasta 12 meses
Total 31/12/AAXO
M$
Deterioro
Total
Neto
Al día Hasta 3 meses
Más de 3 y hasta 12 meses
Total
Deterioro
Total
Neto
Anticipo proveedores
Anticipo por prestaciones de servicios
Cuenta corriente del personal
Préstamos al personal
Garantías por arriendo y otros
Deudores por venta de propiedades, planta y equipo
Reajustes, multas e intereses
Otros
Subtotal
Menos: Provisión por pérdidas por deterioro 1
Total Neto 1 b) El detalle de las Otras cuentas por cobrar, clasificadas en el Activo No Corriente, es el siguiente: Concepto
DD/MM/AAX1
M$
Más de 12 meses y hasta 18 meses
Más de 18 meses
Total 31/12/AAXO
M$
Deterioro
Total Neto
Más de 12 meses y hasta 18 meses
Más de 18 meses
Total
Deterioro
Total Neto
Anticipo proveedores
Anticipo por prestaciones de servicios
Cuenta corriente del personal
Préstamos al personal
Garantías por arriendo y otros
Deudores por venta de propiedades, planta y equipo
Reajustes, multas e intereses
Otros
Subtotal
Menos: Provisión por pérdidas por deterioro
Total Neto
--·-g) Reemplázase el número 12. NOTA 12: Propiedades, planta y equipo, neto, por lo siguiente:
"a) La composición para los períodos AAX1 y AAXO de las partidas que integran este rubro y su correspondiente depreciación acumulada es la siguiente:
Concepto
Terrenos
Construcción, Obras de infraestructura e instalación
Construcción en curso
Equipos muebles y útiles
Vehículos y otros medios de transporte
Mejoras de bienes arrendados
Derecho de uso de arrendamientos
Otras propiedades, planta y equipo
TOTAL
Activo fijo bruto
M$
DD/MM/AAX1
Depreciación
Depreciación del ejercicio acumulada
M$
M$
Activo fijo neto
M$
Activo fijo bruto
M$ 31/12/AAXO
Depreciación
Depreciación del ejercicio acumulada
M$
M$
Activo fijo neto
M$ b) Los contratos y detalle de los activos que conforman el total del concepto Derecho de uso de arrendamientos es el siguiente: DD/MM/AAX1
Razón
Social
N' Contrato arrendado r
Rut
Fecha de inicio del contrato
N' de Renovaciones
Fecha de vencimiento
Activo identificad o Valor bruto
M$
Depreciad óndel ejercicio
M$
Depreciad Activo fijo ón neto acumulada
M$
M$
DD/MM/AAXO
Valor bruto
M$
Depreciación del ejercicio
M$
Depreciación acumulada
M$
Activo fijo neto
M$
TOTAL h) Reemplázase la tabla del número 13. NOTA 13: Prestaciones por pagar, por la siguiente: Corrientes
DD/MM/AAX1
M$
Detalle
Indemnizaciones por pagar
Subsidios por pagar
Pensiones por pagar
Prestaciones médicas por pagar
Beneficios por pagar (Art. 77 bis Ley N"l6.744)
Concurrencias por pensiones:
Asociación Chilena de Seguridad
Mutual de Seguridad de la C.Ch.C
Instituto de Seguridad del Trabajo
Concurrencia por indemnizaciones:
Asociación Chilena de Seguridad
Mutual de Seguridad de la C.Ch.C
Instituto de Seguridad del Trabajo
Administrador delegado (especificar)
Montos adeudados al empleador en virtud de convenios
Otros
TOTAL 31/12/AAXO
M$ i) Reemplázase las tablas del número 14. NOTA 14: Acreedores comerciales y otras cuentas por pagar, por las siguientes: Detalle hasta 90 días
Corriente al DD/MM/AAX1
No Corriente DD/MM/AAX1
Vencimiento
M$
Vencimiento
M$ más 90 días y hasta 1 año Total más de 1y hasta 3 años más de3y hasta 5 años más de S años
Total
Proveedores
Intereses devengados
Documentos por pagar
Cotizaciones enteradas erróneamente
Cotizaciones enteradas en exceso
Otras cuentas por pagar (especificar) 1
TOTAL
'
Detalle hasta 90 días
Corriente ai31/12/AAXO
No Corriente 31/12/AAXO
Vencimiento
Vencimiento
M$
M$ más 90 días y hasta 1 año Total más de 1y hasta 3 años más de 3 y hasta S años más de S años
Total
Proveedores
Intereses devengados
Documentos por pagar
Cotizaciones enteradas erróneamente
Cotizaciones enteradas en exceso
Otras cuentas por pagar (especificar)
TOTAL
·--19
.
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Cf:j s:~\i\, ~
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·~\"<-~~i
..;_-~ j) Reemplázase el número 16. NOTA 16: Retenciones, obligaciones previsionales e impuestos, por el siguiente:
"NOTA 16: Provisiones, Retenciones, obligaciones previsionales e impuestos
Las provisiones al DD/MM/X1 y 31/12/XO se detallan a continuación:
DD/MM/X1
M$ tipo
Detalle por de provisiones, obligaciones previsionales e impuestos 31/12/XO
M$ retenciones, TOTAL
El detalle de la provisión para cada Proyecto de Investigación e Innovación es el siguiente:
Concepto
DD/MM/X1 31/12/XO
M$
M$
Provisión Proyectos de Investigación: (especificar cada proyecto)
Subtotal Provisión Proyecto de Investigación
Provisión Proyectos de Innovación: (especificar cada proyecto)
Subtotal Provisión Proyectos de Innovación
Provisión Proyectos Especiales: (especificar cada proyecto)
Subtotal Provisión Proyectos Especiales
Provisión Proyectos Prioritarios en Investigación e Innovación (especificar cada proyecto)
Subtotal Provisión Proyectos Prioritarios en Investigación e Innovación
Otros (especificar cada uno)
Subtotal Otros
TOTAL
Asimismo se debe revelar lo siguiente:
•
Importe en libros al principio y final del ejercicio.
•
Dotaciones efectuadas en el ejercicio.
•
Importes utilizados.
•
Importes no utilizados y sujetos de revisión.
• Aumento en el ejercicio." k) Reemplázase el número 17. NOTA 17: Otros pasivos corrientes y no corrientes, por el siguiente:
"17. NOTA 17: Otros pasivoslos otros pasivos al DD/MM/AAX1 y 31/12/AAXO se detallan a continuación:
Conceptos
Pasivos Corrientes
AAX1
AAXO
M$
M$
Pasivos No Corrientes
AAX1
AAXO
M$
M$
Otros pasivos varios (especificar)
Garantías Recibidas 1. Garantía recibida por el Administrador Delegado (nombre 1) 2. Garantía recibida por el Administrador Delegado (nombre 2) 3. Garantía recibida por el Administrador Delegado (nombre 3) 4. Garantía recibida por el Administrador Delegado (nombre 4)
TOTAL 1) Agrégase a continuación del número 17. NOTA 17: Otros pasivos corrientes y no corrientes cuadro b), los siguientes nuevos números:
"18. NOTA 18: Ingresos por Cotizaciones
Detalle según origen del ingreso
Concepto
DD/MM/AAX1
M$ 31/12/AAXO
M$
Cotizaciones Ingresos Ley 16.744
Ingresos por Cotización Básica
Ingresos Cotización Adicional
Ingresos por Cotización Extraordinaria
Aportes provenientes de Administradores Delegados
Codelco Andina
Aporte por Cotización Básica
Aporte por Cotización Adicional
Ingresos por Cotización Extraordinaria
Codelco Chuquicamata
Aporte por Cotización Básica
Aporte por Cotización Adicional
Ingresos por Cotización Extraordinaria
Codelco Salvador
Aporte por Cotización Básica
Aporte por Cotización Adicional
Ingresos por Cotización Extraordinaria
Codelco Teniente
Aporte por Cotización Básica
Aporte por Cotización Adicional
Ingresos por Cotización Extraordinaria
Pontificia Universidad Católica
Aporte por Cotización Básica
Aporte por Cotización Adicional
Ingresos por Cotización Extraordinaria
Cotizaciones de trabajadores Independientes
Ingresos por Cotización Básica
Ingresos Cotización Adicional
Ingresos por Cotización Extraordinaria
Total Neto 19. NOTA 19: Intereses, Reajustes y Multas Por Cotizaciones
Concepto
Al DD/MM/AAXl
Al DD/MM/AAXO
M$
M$
Intereses y reajustes
Por cotización básica
Por cotización adicional
Por cotización extraordinaria
Multas
Por cotización básica
Por cotización adicional
Por cotización extraordinaria
TOTAL 20. NOTA 20: Rentas de Inversiones Financieras de Respaldo a) Rentas de inversiones financieras
AL DD/MM/AAXl
M$
Origen de las rentas
De la Garantía de Administradores Delegados
Del Fondo de Eventualidades
Otras (especificar)
AL DD/MM/AAXO
M$ los TOTAL b) Pérdidas de inversiones financieras
AL DD/MM/AAXl
AL DD/MM/AAXO
M$
M$
Origen de las rentas
De la Garantía de Administradores Delegados
Del Fondo de Eventualidades
Otras (especificar) los TOTAL 21. NOTA 21: Subsidios
El detalle de los gastos por pago de subsidios realizados durante los años AAXl y AAXO, es el siguiente:
Origen del siniestro
M$
Año del siniestro
Accidente del Trabajo
Accidente de Trayecto
Total
Enfermedad
DD/MM/AAXl
Profesional
M$
Año (n)
Año (n-1)
Año (n-2)
Año (n-3)
Año (n-4)
Año (n-5)
Años anteriores
TOTAL
Donde 11 n" corresponde al año AAXl.
Origen del siniestro
M$
Año del siniestro
Accidente del Trabajo
Total
Accidente de Trayecto
Enfermedad
DD/MM/AAXO
Profesional
M$
Año(n)
Año (n-1)
Año (n-2)
Año (n-3)
Año (n-4)
Año (n-5)
Años anteriores
TOTAL
Donde "n" corresponde al año AAXO.
22. Nota 22: Indemnizaciones
El detalle de los gastos por pago de indemnizaciones realizados durante los años AAXl y AAXO, es el siguiente:
Total
Origen del siniestro
DD/MM/AAXl
M$
Año del siniestro
Accidente del Trabajo
Accidente de Trayecto
Enfermedad profesional
Gasto
Concurre
Propio ncia Neta
Gasto
Propio
M$
Concurrencia
Neta
Año (n)
Año (n-1)
Año (n-2)
Año (n-3)
Año (n-4)
Año (n-5)
Años anteriores
TOTAL
Donde "n" corresponde al año AAXl.
Total
Origen del siniestro
DD/MM/AAXO
M$
M$
Enfermedad profesional
Año del Accidente
Accidente de siniestro del Trabajo
Trayecto
Gasto Propio
Concurrenc
Gasto Propio
Concurrenci a Neta ia Neta
Año (n)
Año (n-1)
Año (n-2)
Año (n-3)
Año (n-4)
Año (n-5)
Años anteriores
TOTAL
Donde "n" corresponde al año AAXO.
23. NOTA 23: Pensiones
El detalle de los gastos por pago de pensiones realizados durante los años AAXl y AAXO, es el siguiente:
Origen del siniestro
M$
Año del siniestro
Año (n)
Año (n-1)
Año (n-2)
Año (n-3)
Año (n-4)
Año (n-5)
Años anteriores
TOTAL
Accidente del Trabajo
Enfermedad profesional
Gasto
Concurre
Propio ncia Neta
Accidente de Trayecto
Otro (especific ar)
Total
DD/MM/AAXl
M$
Gasto
Concurre
Propio ncia Neta
Donde "n" corresponde al año AAXl.
Origen del siniestro
Total
M$
DD/MM/AAXO
M$
Enfermedad
Accidente
Año del siniestro profesional
Otro
Accidente de Gasto
Concurre (especi
Gasto del Trabajo
Trayecto
Propio ncia Neta ficar)
Propio
Concurrencia Neta
Año(n)
Año (n-1)
Año (n-2)
Año (n-3)
Año (n-4)
Año (n-5)
Años anteriores
TOTAL
Donde "n" corresponde al año AAXl.
24. NOTA 24: Prestaciones Médicas
El detalle del gasto por Prestaciones médicas al DD/MM/AAXl y DD/MM/AAXO, es el siguiente:
Conceptos
Accidentes del trabajo
Al 00/MM/AAXl
Al 00/MM/AAXO
M$
M$
Accidentes del trayecto
Enfermedad profesional
Otros (especificar)
Total
Accidentes del trabajo
Accidentes del trayecto
Enfermedad profesional
Otros (especificar)
Total
Personal de planta
Personal de contrata
Otras remuneraciones (honorario)
Otros (especificar)
Subtotal Gastos en Personal
ACHS
MUSEG 1ST
SERVICIOS DE SALUD
Otros (especificar)
Subtotal Otros Gastos
Gastos Indirectos
TOTAL
En esta nota se deberá revelar el método de distribución utilizado por la asignación de los gastos en los distintos tipos de siniestro.
25. NOTA 25: Prestaciones Preventivas de Riesgos a)
El detalle del gasto en prestaciones preventivas de riesgos al DD/MM/AAXl y DD/MM/AAXO, es el siguiente:
Conceptos
Sueldos
Bonos y Comisiones
Gratificación y Participación
Otras Remuneraciones
Subtotal Remuneraciones
Indemnización por años de servicios
Viáticos
Capacitación
Otros estipendios
Total Gastos en Personal
Arriendo de equipos
Arriendo de propiedades
Arriendo de vehículos
Campañas preventivas
Capacitación de trabajadores
Exámenes de salud
Honorarios área de la salud
Honorarios Asesorías y/o Asistencia Técnica
Insumas e instrumental médico
Mantención de plataformas y licencias
Mantención y reparación de propieda~es plantas y equipos
Material de apoyo
Organización de eventos
Otros proyectos
Patentes, seguros, contribuciones
Proyectos de Innovación
Proyectos de Investigación
Publicaciones
Servicios generales
Transferencias al Ministerio de Salud, porción prevención (Art.21)
Otros (especificar)
Subtotal Otros Gastos
Depreciación
Gastos Indirectos
TOTAL
Al DD/MM/AAXl (M$)
Al DD/MM/AAXO (M$) b)
Proyectos de Investigación e Innovación
Proyectos aprobados con cargo al D.S. Presupuestario del año AAXl y AAXO N"
Código
D.S. SU SESO
Ppto.
Valor
Fecha de Adjudica Adjudicació do n (1)
Detalle
M$ (mm/aaaa)
Valor
Contrato
Fecha de Contrato
Duración del Proyecto
Fecha de Inicio
Fecha de Término
M$ (mm/aaaa) (N' meses) (mm/aaaa) (mm/aaaa)
Ejecució n (2) Costo Total
M$
Al DD/MM/AAXl
M$
Gasto Real Provisió n
Total
Gasto
Al DD/MM/AAXO
M$
Gasto
Real
Provisión
Total
Gasto
• Proyectos de Investigación:
Detallar cada proyecto de investigación
Subtotal Proyectos de Investigación
'
• Proyectos de Innovación:
Detallar cada proyecto de innovación
Subtotal Proyectos de Innovación
• Proyectos Especiales:
Detallar cada proyecto especiales
.
Subtotal Proyectos Especiales
Provisión Proyectos Prioritarios
Investigación e Innovación:
Detallar cada proyecto en Subtotal Proyectos Prioritarios en Investigación e Innovación
• Otros:
Detallar otros
Subtotal Otros
Total (1) (2)
Corresponde a la fecha de publicación de resultados, de los Proyectos de Investigación e Innovación adjudicados a los Organismos Administradores de la Ley W16.744, por parte de la Comisión de Evaluación. Ingresar una letra "1" si el proyecto será desarrollado Internamente por la Mutualidad. Ingresar una letra "E" si el proyecto será desarrollado de manera Externa, por haber sido adjudicado a un tercero.
Gastos del año AAXl y AAXO por Proyectos aprobados con cargo a Decretos Presupuestarios de años anteriores: N'D.S.
Ppto.
Código
SUS ESO
Valor
Adjudicad o M$
Detalle
Fecha de Valor
Adjudicació Contrato
M$ n (1) (mm/aaaa)
Fecha de Duración
Fecha de Fecha de Ejecució
Costo
Inicio
Término n (2)
Contrato del Total (mm/aaaa) Proyecto (mm/aaaa) (mm/aaaa)
M$ (N' meses)
Al DD/MM/AAXl
M$
Gasto
Real
Provisi ón
Total
Gasto
Al DD/MM/AAXO
M$
Gasto
Real
Provisión
Total
Gasto
• Proyectos de Investigación:
Detallar cada proyecto de investigación 1
Subtotal Proyectos de Investigación
• Proyectos de Innovación:
Detallar cada proyecto de innovación
Subtotal Proyectos de Innovación
• Proyectos Especiales:
Detallar cada proyecto especiales
Subtotal Proyectos Especiales
• Provisión Proyectos Prioritarios en Investigación e Innovación:
Detallar cada proyecto
Subtotal Proyectos Prioritarios en Investigación e Innovación
• Otros:
Detallar otros
Subtotal Otros
Total (1) (2)
Corresponde a la fecha de publicación de resultados, de los Proyectos de Investigación e Innovación adjudicados a los Organismos Administradores de la Ley N'16.744, por parte de la Comisión de Evaluación. Ingresar una letra "1" si el proyecto será desarrollado Internamente por la Mutualidad. Ingresar una letra "E" si el proyecto será desarrollado de manera Externa, por haber sido adjudicado a un tercero.
26. NOTA 26: Funciones Técnicas
El detalle del gasto en funciones técnicas al DD/MM/AAX1 y DD/MM/AAXO, es el siguiente:
Conceptos
Personal de planta
Personal de contrata
Otras remuneraciones (honorario)
Otros (especificar)
Al DD/MM/AAXl
M$
Al DD/MM/AAXO
M$
Sub total Remuneraciones
Capacitaciones
Viáticos
Pasajes
Otros (Especificar)
Subtotal Gastos en Personal
Estudios externos
Mantención y reparación
Servicios genera les
Materiales de oficina
Honorarios Auditores y diversos
Arriendo de equipos y otros
Patente, Seguros, Contribuciones
Transferencias al Ministerio de Salud, COME RE (Art.21)
Otros
Subtotal Otros Gastos
Gastos Indirectos
TOTAL 27. NOTA 27: Gastos de Administración
El detalle de los gastos de administración realizados al DD/MM/AAX1 y DD/MM/AAXO, es el siguiente:
Conceptos
Personal de planta
Personal de contrata
Otras remuneraciones (honorario)
Otros (especificar)
Al DD/MM/AAXl
M$
Al DD/MM/AAXO
M$
Subtotal Remuneraciones
Capacitaciones
Viáticos
Pasajes
Otros (Especificar)
Total Gastos en Personal
Marketing
Publicaciones
Estudios Externos
Mantención y reparación
Servicios generales
Consumos básicos
Materiales de oficinas
Auspicios y Patrocinios
Otros aportes a terceros
Honorarios de Auditorias y Diversos
Arriendo de Equipos y otros
Patente, Seguro, Contribuciones
Arriendo de propiedades
Fletes y traslados
Otros
Subtotal Otros Gastos
Depreciación
Gastos Indirectos
TOTAL 28. NOTA 28: Pérdidas por Deterioros (Reversiones)
DD/MM/AAXl
DD/MM/AAXO
M$
M$
Conceptos
Deterioros
Reversiones
Saldo
Deterioros
Reversiones
Saldo
Especificar cada uno de los ítems de los activos afectados, separándolos entre activos corrientes y no corrientes.
TOTAL 29. NOTA 29: Otros Ingresos y Otros Egresos
El detalle de los Otros ingresos y Otros egresos es el siguiente:
a) Otros ingresos
Concepto
Seguro obligatorio de accidentes personales (SOAP)
Multas del artículo 80 de la Ley N" 16.744
Otros ingresos (especificar)
Tipo (*)
Al DD/MM/AAXl
M$
Al DD/MM/AAXO
M$
TOTAL (*)
Ingreso Ordmano (10)
Ingreso no Ordinario (IN) b) Otros egresos
Concepto
Aguinaldo fiestas patrias a pensionados
Aguinaldo Navidad a pensionados
Arriendos
Activos dados de baja
Transferencias al Ministerio de Salud, financiamiento
Seguro Escolar(Art.3Q)
Otros gastos (especificar)
Tipo (*)
Al DD/MM/AAXl
M$
Al DD/MM/AAXO
M$
TOTAL (*)
Egreso Ord1nano (EO)
Egreso no Ordinario (EN) 30. NOTA 30: Sanciones
En esta Nota se informarán las sanciones de cualquier naturaleza que la Superintendencia de Seguridad Social u otro organismo fiscalizador hayan cursado al Instituto de Seguridad Laboral. Se deberá indicar en Nota la naturaleza, fecha y número de resolución, fecha de notificación y si ha sido reclamada judicialmente. Si la sanción fuera reclamada judicialmente, se deberá seguir informando hasta que la causa se encuentre con sentencia ejecutoriada y se haya cumplido con la sanción impuesta, o en su caso, se haya dejado sin efecto la sanción.
Si el Instituto de Seguridad Laboral no ha sido sujeto de sanciones, deberá señalarse.
31. NOTA 31: Hechos Posteriores
Incluye todos aquellos hechos significativos, de carácter financiero o de cualquier otra índole, ocurridos entre la fecha de término del ejercicio y la de presentación a esta Superintendencia de los Estados de Situación Financiera, tales como fluctuaciones significativas en activos fijos, variaciones cambiarias de importancia, cambios de los directivos o jefaturas, etc. Se deberá también incluir en esta Nota todo compromiso significativo que el Instituto haya adquirido directa o indirectamente en el período mencionado. En caso de que no existiesen hechos posteriores, esto se deberá mencionar expresamente.
2. Reemplázase el Anexo W16 "Reporte de Situación Financiera", de la Letra G. Anexos, por el 11 nuevo Anexo W16 Formato de Reporte de Información Financiera ISL", que se adjunta a esta Circular. 11.
VIGENCIA
Las modificaciones introducidas por la presente circular entrarán en vigencia a partir del 1• de enero de 2020.
No obstante, los primeros reportes de información deberán ser remitidos a la Superintendencia en las fechas que se indican en el cuadro que se presenta a continuación: Tipo de Reporte
Con Información al:
~ '
Plazo para reporte:
' 31 de marzo de 2020 30 de junio de 2020
Reporte de Estado de Situación
Financiera Clasificado 30 de septiembre de 2020 31 de diciembre de 2020 31 de diciembre de 2020
Reporte de Estado de Resultados por Función
Dentro del plazo de 45 días contados desde la fecha de cierre del respectivo trimestre calendario. 31 de marzo de 2021 30 de junio de 2021
A más tardar el 28 o 29 de febrero del año siguiente.
A más tardar el 28 o 29 de febrero del año siguiente.
Dentro del plazo de 45 días contados desde la fecha de cierre del respectivo trimestre calendario. 30 de septiembre de 2021
En relación al Reporte de Estado de Resultados por Función, ese Instituto deberá presentar para la aprobación de esta Superintendencia, un Plan de Trabajo, en el cual se calendaricen las actividades a desarrollar para cumplir con los envíos requeridos en la presente circular en las fechas establecidas, teniendo presente que las actividades definidas deberán distribuirse proporcionalmente durante todo el año 2020.
Dicho Plan deberá ser remitido a esta Superintendencia a más tardar el 30 de noviembre de 2019, y en él se deberán detallar, al menos los siguientes elementos:
Materia o actividad
Fecha o plazo de ejecución
Responsable
Adicionalmente, ese Instituto deberá enviar trimestralmente un informe relativo al cumplimiento de lo comprometido en el Plan de Trabajo, con el estado de avance, sus desviaciones y acciones correctivas. El referido informe deberá ser enviado a esta Superintendencia a más tardar el día 15 del mes siguiente al último día del período reportado, siendo la primera entrega el día 15 de abril de 2020, con el estado de avance al 31 de marzo de 2020.
In tituto de Seguridad Laboral (Se adjunta ANEXO N" 16)
Oficina de Partes
Archivo Central
Departamento de Supervisión y Control
Departamento de Regulación
Departamento de Tecnología y Operaciones
ANEXO No 16
FORMATO DE REPORTE INFORMACIÓN FINANCIERA ISL
A) REPORTE DE ESTADO DE SITUACIÓN FINANCIERA CLASIFICADO (Miles de pesos) Cuenta
Código
Nota Explicativa
ACTIVOS CORRIENTES 11010
Efectivo y efectivo equivalente 3 11020
Activos financieros a costo amortizado 4 11050
Deudores previsionales, neto 5 11060
Aportes legales por cobrar, neto 6 11090
Otras cuentas por cobrar, neto 7 11100
Inventarios 8 11120
Gastos pagados por anticipado 9 11140
Otros activos corrientes 10 11000
TOTAL ACTIVOS CORRIENTES
ACTIVOS NO CORRIENTES 12010
Activos financieros a costo amortizado 4 12030
Deudores previsionales, neto 5 12060
Otras cuentas por cobrar, neto 7 12100
Intangibles, neto 11 12110
Propiedades, planta y equipo, neto 12 12130
Gastos pagados por anticipado 9 12150
Otros activos no corrientes 10 12000
TOTAL ACTIVOS NO CORRIENTES 10000
TOTAL ACTIVOS
PASIVOS CORRIENTES 21010
Pasivos financieros corrientes 21020
Prestaciones por pagar 13 21030
Acreedores comerciales y otras cuentas por pagar 14 21050
Capitales representativos de pensiones vigentes 15 21110
Provisiones 16 21120
Retenciones, obligaciones previsionales e impuestos 16 21160
Otros pasivos corrientes 17 21000
TOTAL PASIVOS CORRIENTES
PASIVOS NO CORRIENTES 22010
Pasivos financieros no corrientes 22020
Acreedores comerciales y otras cuentas por pagar 14 22050
Capitales representativos de pensiones vigentes 15 22130
Otros pasivos no corrientes 17 22000
TOTAL PASIVOS NO CORRIENTES
PATRIMONIO NETO 23010
Fondos acumulados 23020
Fondo de reserva de eventualidades 23060
Excedente (déficit) del ejercicio 23000
TOTAL PATRIMONIO NETO 20000
TOTAL PASIVOS Y PATRIMONIO NETO
DD/MM/AAX1 31/12/AAXO
B) REPORTE DE ESTADO DE RESULTADOS POR FUNCIÓN (Miles de pesos)
Nota
Explicativa
Código
Cuenta 41010
Ingresos por cotización básica 18 41020
Ingresos por cotización adicional 18 41030
Ingresos por cotización extraordinaria 18 41040
Intereses, reajustes y multas por cotizaciones 19 41050
Rentas de inversiones financieras que respaldan reservas 20 41070
Otros ingresos ordinarios 29 41000
TOTAL INGRESOS ORDINARIOS 42010
Subsidios 21 42020
Indemnizaciones 22 42030
Pensiones 23 42040
Prestaciones médicas 24 42050
Prestaciones preventivas de riesgos 25 42060
Funciones Técnicas 26 42070
Variación de los capitales representativos de pensiones vigentes 42140
Pérdidas en inversiones financieras que respaldan reservas 20 42150
Gastos de administración 27 42160
Pérdida por deterioro (reversiones), neta 28 42170
Otros egresos ordinarios 29 42000
TOTAL EGRESOS ORDINARIOS 43000
MARGEN BRUTO 44060
Otros ingresos 29 44070
Otros egresos 29 47000
EXCEDENTE {DÉFICIT) DEL EJERCICIO
Las notas adjuntas forman parte integral de estos estados financieros. 01/01/AAX1 DD/MM/AAX1 01/01/AAXO DD/MM/AAXO
Otros pronunciamientos sobre accidente del trabajo
Circular SUSESO N° 3934, de 03.11.2026
Seguro laboral (Ley 16.744)
Vigencia desde la publicación
Dictamen SUSESO N° 59631-2026, de 29.04.2026
Seguro laboral (Ley 16.744)
Ley N° 16.744. Accidente con ocasión del trabajo. El accidente sufrido por el trabajador en la cabaña proporcionada por el empleador durante una comisión de servicio debe calificarse como accidente laboral ("con ocasión del trabajo"), ya que la lesión fue causada por una condición insegura de la infraestructura (un…
Circular SUSESO N° 3915, de 02.04.2026
Seguro laboral (Ley 16.744)
Vigencia desde la fecha de su publicación
Dictamen SUSESO N° 16543-2026, de 02.02.2026
Seguro laboral (Ley 16.744)
Ley N° 16.744. Accidentes del Trabajo. Trabajo a distancia teletrabajo. Se confirma la calificación de origen común de un infortunio acontecido en el domicilio de una persona trabajadora. Dado que no existía contrato o anexo registrado que autorizara la prestación de servicios a distancia, ni conocimiento de la…
Circular SUSESO N° 3904, de 26.11.2025
Seguro laboral (Ley 16.744)
Vigencia: desde su publicación