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SUSESOCircular30 de noviembre de 2021

Circular 3634

Seguro laboral (Ley 16.744)

Lo que resuelve

Vigencia: 1° de enero de 2022.

Destinatario

Organismos administradores del Seguro de la Ley N°16.744; Empresas con Administración Delegada

Normas citadas

  • Artículo 12 de la Ley N°16.744
  • Artículos 2°, 3°, 30 y 38 letra d) de la Ley N°16.395

Texto

AU08-2016-00064

CIRCULAR N°3.634
SANTIAGO, 30 DE NOVIEMBRE DE 2021

CALENDARIO DE ENVÍO DE ARCHIVOS DEL SISTEMA GRIS
MODIFICA LA LETRA C. DEL TÍTULO II. GESTIÓN DE REPORTES E
INFORMACIÓN PARA LA SUPERVISIÓN (GRIS) DEL LIBRO IX. SISTEMAS DE
INFORMACIÓN. SISTEMAS Y REPORTES, DEL COMPENDIO DE NORMAS DEL
SEGURO SOCIAL DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES
PROFESIONALES DE LA LEY N°16.744

La Superintendencia de Seguridad social, en el uso de las atribuciones que le confieren los artículos
2°, 3°, 30 y 38 letra d) de la Ley N°16.395 y el artículo 12 de la Ley N°16.744, ha estimado pertinente
modificar las instrucciones impartidas en la Letra C. del Título II, Gestión de reportes e información
para la supervisión (GRIS) del Libro IX. Sistemas de información. Sistemas y reportes, del Compendio
de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Ley
N°16.744, a fin efectuar ajustes respecto de los plazos de remisión al sistema GRIS, de los Archivos
A01, A05 y A06.

I.

INTRODÚCENSE LAS SIGUIENTES MODIFICACIONES A LA LETRA C. DEL TÍTULO II,
GESTIÓN DE REPORTES E INFORMACIÓN PARA LA SUPERVISIÓN (GRIS) DEL LIBRO IX.
SISTEMAS DE INFORMACIÓN. SISTEMAS Y REPORTES:
1. Modifícase el Anexo N°29: Detalle de los archivos y campos del sistema GRIS, de acuerdo a lo
siguiente:
a) Elimínase el sexto párrafo de la definición del número 1. Archivo A01.
b) Modifícase el número 5. Archivo A05, en los siguientes términos:
i) Reemplázase el segundo y tercer párrafo de la definición por el siguiente:
“En este concepto se deberán incluir las entidades con cobertura vigente y aquellas que
inician su cobertura el primer día del mes de reporte.”.
ii) Elimínase de la tabla, las filas 10 y 11, correspondientes a los campos “Nómina del mes”
y “Número de trabajadores”, respectivamente.
2. Modifícase la sección A. Envío de archivos planos, del Anexo N°31: Calendario de envío de los
archivos del sistema GRIS, de acuerdo a lo siguiente:
a) Reemplázase en la primera fila correspondiente al archivo A01, la expresión “2 meses
anteriores” por “45 días anteriores” y la expresión “Hasta el último día del mes siguiente
a la fecha de cierre del respectivo mes, trimestre, semestre o año calendario, según
corresponda” por “Hasta el día 15 de cada mes o en su defecto el día hábil siguiente”.
b) Reemplázase en la quinta y sexta fila correspondiente a los archivos A05 y A06, la
expresión “2 meses anteriores” por “Mes correspondiente al envío de la información” y la
frase “Hasta el último día del mes siguiente a la fecha de cierre del respectivo mes,
trimestre, semestre o año calendario, según corresponda” por “Hasta el día 15 de cada
mes o en su defecto el día hábil siguiente”.

II.

VIGENCIA
Las modificaciones introducidas por la presente circular, entrarán en vigencia a partir del 1° de
enero de 2022.

2

III.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS
En virtud de lo establecido en el nuevo Anexo N°31, respecto de las modificaciones en el
calendario de envío de los archivos A01, A05 y A06 del sistema GRIS, las mutualidades de
empleadores, el Instituto de Seguridad Laboral y los administradores delegados, deberán
proceder de la siguiente manera para los reportes que se señalan a continuación.
Nombre del
archivo
A01
A05
A06
A01
A05
A06
A01
A05
A06
A01
A05
A06
A01
A05
A06

Fecha de referencia de la
información

Fecha límite de envío a SUSESO

Octubre de 2021.

Hasta el 31 de diciembre de
2021.

Noviembre de 2021.

Hasta el 15 de enero de 2022.
Hasta el 15 de febrero de 2022.

Diciembre de 2021.

Hasta el 31 de enero de 2022.

Enero de 2022.

Hasta el 15 de marzo de 2022.

Enero y febrero de 2022.

Hasta el 28 de febrero de 2022.

Febrero de 2022.

Hasta el 15 de abril de 2022.

Marzo de 2022.

Hasta el 15 de marzo de 2022.

Maria Soledad Firmado digitalmente
por Maria Soledad
Ramirez Herrera Ramirez Herrera
MARÍA SOLEDAD RAMIREZ HERRERA
SUPERINTENDENTA DE SEGURIDAD SOCIAL
ana
Firmado
digitalmente
patricia por ana
patricia
soto altamirano
soto
Fecha:
altamira 2021.12.01
17:29:38 -03'00'
no

Pamela
Alejandra
Gana
Cornejo

Firmado digitalmente
por Pamela Alejandra
Gana Cornejo
Fecha: 2021.12.01
16:19:15 -03'00'

PSA/PGC/VNC/RAM/JRO/CGU
DISTRIBUCIÓN:
- Mutualidades de Empleadores
- Instituto de Seguridad Laboral
- Empresas con administración delegada
- Departamento de Supervisión y Control
- Departamento de Regulación
- Departamento de Tecnología y Operaciones
- Unidad de Gestión Documental e Inventario

3

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