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Circular 3644
Seguro laboral (Ley 16.744)
Lo que resuelve
Vigencia desde su publicación
Destinatario
Mutualidades de la Ley N° 16.744
Normas citadas
- Artículos 2°, 3°, 30 y 38 de la Ley N°16.395 y el artículo 12 de la Ley N°16.744,
Texto
AU08-2021-01980
CIRCULAR N°3.644
SANTIAGO, 27 DE DICIEMBRE DE 2021
GESTIÓN DE RIESGOS FINANCIEROS Y OPERACIONALES
MODIFICA EL TITULO I. GOBIERNO CORPORATIVO Y EL TÍTULO IV.
GESTIÓN DE RIESGOS FINANCIEROS Y OPERACIONALES, AMBOS DEL LIBRO
VII. ASPECTOS OPERACIONALES Y ADMINISTRATIVOS DEL COMPENDIO DE
NORMAS DEL SEGURO SOCIAL DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y
ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA LEY N°16.744
La Superintendencia de Seguridad Social, en uso de las atribuciones que le confieren los artículos 2°, 3°,
30 y 38 de la Ley N°16.395 y el artículo 12 de la Ley N°16.744, ha estimado necesario modificar el Título
IV del Libro VII del Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades
Profesionales de la Ley N°16.744, con la finalidad de adecuarlo al Dictamen N°20.323, de 2018, de la
Contraloría General de la República relativo a sus facultades legales para impartir instrucciones en
materias relacionadas con el Gobierno Corporativo de las mutualidades de empleadores. Asimismo, se
modifica el Anexo N°1 “Informe de autoevaluación de buenas prácticas de gobierno corporativo”, de la
Letra H. Anexos, del Título I del citado libro, incorporando un set de preguntas relativas a instrucciones
sobre gestión de riesgos que se reformulan como buenas prácticas o recomendaciones.
I.
MODIFÍCASE LA LETRA H. ANEXOS, DEL TÍTULO I. GOBIERNO CORPORATIVO, DE LA
SIGUIENTE FORMA:
Agrégase en la Tabla: Buenas Prácticas de Gobierno Corporativo, del Anexo N°1 “Informe de
autoevaluación de buenas prácticas de gobierno corporativo”, las siguientes filas:
Sobre Gestión de Riesgos
II.
38
•
La mutualidad posee un área especializada en la gestión de riesgos,
independiente de las áreas funcionales y de apoyo, que disponga de
recursos suficientes para el pleno desarrollo de sus actividades, y que
goce de la autonomía necesaria para la toma de decisiones.
39
•
En caso de poseer un área especializada en la gestión de riesgos, esa área
está a cargo de un profesional, con dependencia directa de la gerencia
general.
40
•
El área especializada en la gestión de riesgos, reporta conjuntamente al
comité de riesgos y al directorio.
41
•
La contratación y remoción del encargado del área especializada en la
gestión de riesgos, se efectúa con la aprobación del directorio.
42
•
El directorio está en conocimiento y aprueba, constatado en las actas de
las respectivas sesiones, el resultado de las pruebas de estrés periódicas
que se realizan respecto a los diferentes tipos de riesgos.
43
•
La gerencia general es responsable de elegir modelos para la medición de
los riesgos apropiados a la naturaleza y complejidad de las operaciones
de la mutualidad los que son aprobados por el directorio.
44
•
El directorio contempla entre sus funciones la responsabilidad de la
gestión de riesgos y determinación de la estrategia general de gestión de
riesgos de la entidad. Las funciones del Directorio, en esta materia,
incluyen las recomendaciones indicadas en la Letra B, Título I, de este
Libro VII, del Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del
Trabajo y Enfermedades Profesionales.
45
•
El Directorio es el responsable de monitorear que la entidad cuente con
un nivel de provisiones por riesgo de crédito adecuado de acuerdo a la
morosidad que presente la cartera de deudores previsionales y no
previsionales.
INTRODÚCENSE LAS SIGUIENTES MODIFICACIONES AL TÍTULO IV. GESTIÓN DE RIESGOS
FINANCIEROS Y OPERACIONALES:
1.
Modifícase la Letra A. Sistema de Gestión de Riesgos, del siguiente modo:
2
1.1. Reemplázase en el tercer párrafo del Capítulo I. Objetivo y marco referencial de la
normativa, la expresión “y de crédito”, por la expresión “de crédito y reputacional”.
1.2. Agrégase en la primera oración de la letra d) del número 7. Reserva de Prestaciones, del
Capítulo II. Definiciones, a continuación de la expresión “enfermedad profesional”, la
siguiente frase:
“, incluyéndose las responsabilidades derivadas de la aplicación de los programas de
vigilancia.”
1.3. Modifícase el Capítulo III. Gestión de los riesgos de las mutualidades, de la siguiente
forma:
1.3.1. Reemplázase en el encabezado la expresión “y controlada por la gerencia general
de”, por la expresión “por”.
1.3.2. Modifícase el número 2. Definición de una estrategia para gestionar los riesgos, del
siguiente modo:
a) Reemplázase en el segundo párrafo la expresión “La gerencia general de la
mutualidad es responsable de identificar y cuantificar la magnitud de cada uno
de los riesgos a los que se enfrenta”, por la siguiente: “Se deberá identificar y
cuantificar la magnitud de cada uno de los riesgos a los que se enfrenta la
mutualidad”.
b) Reemplázase en la primera oración del tercer párrafo la expresión:
“responsabilidad de la gerencia general elegir modelos apropiados a la
naturaleza y complejidad de las operaciones de la mutualidad, los que deben
ser”, por la siguiente: “una buena práctica que la gerencia general tenga la
responsabilidad de elegir modelos apropiados a la naturaleza y complejidad de
las operaciones de la mutualidad, y que sean”.
1.3.3. Modifícase el número 3. Roles y responsabilidades en la gestión de riesgos, de la
siguiente forma:
a) Reemplázase el párrafo único de la letra a) Directorio, por el siguiente:
“Se considerará buena práctica que el directorio contemple entre sus funciones
la responsabilidad de la gestión de riesgos y determinación de la estrategia
general de gestión de riesgos de la entidad, pudiendo en todo caso delegar en la
gerencia general su implementación adecuada y eficiente. Las funciones del
Directorio, en esta materia, debieran comprenden al menos las
recomendaciones indicadas en la Letra B, Título I, de este Libro VII.”
b) Modifícase la letra b) Comité de riesgos, en los siguientes términos:
i.
Reemplázase el primer párrafo, por el siguiente:
“Es recomendable que el directorio, de modo de involucrarse activamente
en la gestión de riesgos, constituya un comité de riesgos, el cual sesione
periódicamente y se componga a lo menos por un director representante
de las entidades empleadoras adherentes y un director representante de
los trabajadores, y que cuente con la participación permanente de asesores
externos y del responsable del área especializada en la gestión de riesgos,
con derecho a voz, pudiendo ser excluidos de las deliberaciones en
cualquier momento a petición de un director.”
ii.
Modifícase el segundo párrafo del siguiente modo:
•
Reemplazáse en la primera oración la frase “Los asesores externos
deben ser”, por “Se considerará buena práctica que los asesores
externos sean”.
3
•
Reemplázase en la segunda oración, la frase “Por otra parte, los
asesores externos deben suscribir” por “Además, es recomendable que
suscriban”
iii.
Reemplazáse en la primera oración del tercer párrafo la expresión: “El
comité debe contar con un estatuto, aprobado por el directorio, el que
debe”, por la siguiente: “De igual modo, el estatuto del comité, aprobado
por el directorio, debiese”.
iv.
Reemplázanse en el cuarto párrafo las expresiones “deben quedar”, por
“debiesen quedar” y “quede” por “se deje”.
v.
Reemplázase el encabezado del quinto párrafo, por el siguiente: “Será
buena práctica que las funciones del comité de riesgos comprendan al
menos:”
c) Modifícase la letra c) Gerencia, del siguiente modo:
i.
Reemplázase el primer párrafo, por el siguiente:
“Se considerará buena práctica que el directorio asigne a la gerencia general
la responsabilidad de ejecutar en forma efectiva y eficiente el modelo de
gestión de riesgos, todo ello de acuerdo con las políticas, los manuales y los
procedimientos previamente establecidos.”
ii.
Modifícase el segundo párrafo, en la siguiente forma:
• Reemplázase en el encabezado la expresión “encuentran” por “debiesen
considerar las siguientes”.
• Reemplázase en su número iii la expresión “la regulación” por “las
recomendaciones”.
d) Modifícase la letra d) Áreas funcionales y de apoyo, del siguiente modo:
i.
Reemplázase el primer párrafo, por el siguiente:
“Se considerará buena práctica que las distintas áreas de la mutualidad
(tomadoras de riesgos), se involucren activamente en la gestión de los
riesgos, siendo responsables del funcionamiento del sistema de gestión de
riesgos dentro de su área. Para tal efecto contarán con el asesoramiento
del área especializada en la gestión de riesgos.”
ii.
Reemplázase el encabezado del segundo párrafo por el siguiente:
“Es recomendable que las distintas áreas funcionales y de apoyo tengan
entre sus funciones, las siguientes:”
e) Modifícase la letra e) Área especializada en la gestión de riesgos, en los
siguientes términos:
i.
Reemplázanse los párrafos primero y segundo actuales por el siguiente
párrafo primero nuevo, pasando los párrafos tercero, cuarto, quinto, sexto
y séptimo actuales, a ser los párrafos segundo, tercero, cuarto, quinto y
sexto nuevos.
“Se considerará buena práctica que las mutualidades cuenten con un área
especializada en la gestión de riesgos, la cual debe ser independiente de las
áreas funcionales y de apoyo, que disponga de recursos suficientes para el
pleno desarrollo de sus actividades, y que goce de la autonomía necesaria
para la toma de decisiones.”
ii.
Reemplázase en el párrafo tercero actual que ha pasado a ser el párrafo
segundo nuevo, la frase “La gestión de riesgos debe estar”, por la siguiente:
“Es recomendable que la gestión de riesgos esté”.
4
iii.
Reemplázase el párrafo cuarto actual que ha pasado a ser el párrafo tercero
nuevo, por el siguiente:
“Sin perjuicio que el área especializada en la gestión de riesgos dependa del
gerente general, se estima necesario que dicha área reporte también al
comité de riesgos y al directorio. Por otra parte, es recomendable que la
contratación y remoción del encargado de esta área, se efectúe con la
aprobación del directorio, lo que deberá ser informado a la
Superintendencia de Seguridad Social, junto con el envío de la
correspondiente acta de directorio, donde conste la contratación o
remoción, y se indiquen, en este último caso, las causas de la
desvinculación.”
iv.
Elimínase en el párrafo quinto actual que ha pasado a ser el párrafo cuarto
nuevo, la expresión “dictadas por el directorio”.
v.
Reemplázase el encabezado del párrafo sexto actual que ha pasado a ser el
párrafo quinto nuevo, por el siguiente:
“Es recomendable que dicha área tenga a cargo, entre otras funciones, las
siguientes:”
vi.
Reemplázase el párrafo séptimo actual que ha pasado a ser párrafo sexto
nuevo, por el siguiente:
“Se podrán delegar determinadas funciones de las indicadas
precedentemente, tales como la realización de pruebas a los
procedimientos y controles, en personas o entidades calificadas externas,
bajo supervisión y responsabilidad de área especializada en la gestión de
riesgos.”
f) Modifícase la letra f) Auditoría interna, del siguiente modo:
i.
Reemplázase en el primer párrafo la frase “, con dependencia directa del
directorio, debe”, por “debe depender directamente del directorio, y tiene
como función”.
ii.
Reemplázase el segundo párrafo por el siguiente:
“El rol de auditoría interna debe ser independiente del área encargada de
la gestión de riesgos, debiendo a su vez contar con los recursos necesarios,
la autonomía y la objetividad que le permitan entregar información
relevante sobre la calidad de la gestión de riesgos que se realiza en la
mutualidad, para la toma de decisiones del directorio.”
1.3.4. Reemplázase en el tercer párrafo del número 4. Manual de gestión de riesgos, la
expresión “la celebración de la Sesión de directorio donde éste fue aprobado”, por
la expresión “su aprobación”.
1.3.5. Reemplázase en el párrafo sexto del número 6. Pruebas de estrés, la expresión “,
previa aprobación por parte del”, por la siguiente “. Se considerará buena práctica
que dichas pruebas de estrés sean aprobadas por el”.
2. Modifícase la Letra B. Gestión específica de los riesgos, de la siguiente manera:
2.1. Reemplazase en el encabezado la expresión “y V”, por “,V, VI y VII”.
2.2. Modifícase el Capítulo I. Riesgo técnico, de la manera que sigue:
2.2.1. Modifícase el número 1. Aspectos generales, en los siguientes términos:
a)
Elimínase en la primera oración del párrafo quinto, la expresión “aprobado
por el directorio,”.
5
b)
Reemplázase en el párrafo sexto la expresión “la celebración de la sesión de
directorio donde éste fue aprobado”, por la expresión “su aprobación”.
c)
Reemplázase el encabezado del párrafo séptimo, por el siguiente: “En forma
específica, es recomendable que la mutualidad contemple en la respectiva
política y manual, según corresponda, los siguientes elementos:”
2.2.2. Reemplázase en el primer párrafo del número 3. Pruebas de estrés de riesgo
técnico, la expresión “debe estar” por “se recomienda que sean”.
2.3. Reemplázase en el primer párrafo del número 3. Pruebas de estrés de riesgo de mercado,
del Capítulo II. Riesgo de mercado, la expresión “deben estar”, por “se recomienda que
sean”.
2.4. Modifícase el Capítulo III. Riesgo de crédito, de la siguiente forma:
2.4.1. Reemplázase en el primer párrafo del número 3. Pruebas de estrés de riesgo de
crédito, la expresión “deben estar”, por “se recomienda que sean”.
2.4.2. Modifícase el número 4. Reconocimiento y provisiones por riesgo de crédito, de
la siguiente manera:
a)
Modifícase la letra b) Roles y responsabilidades, del siguiente modo:
i.
Reemplázase el primer párrafo por el siguiente:
“Se considerará buena práctica que el directorio de la mutualidad sea el
responsable de monitorear que la entidad cuente con un nivel de
provisiones adecuado de acuerdo a la morosidad que presente la cartera
de deudores previsionales y no previsionales.”
ii.
Modifícase el segundo párrafo, de la siguiente forma:
• Reemplázase en la primera oración, la expresión “la gerencia general
de la mutualidad deberá garantizar que”, por “la mutualidad deberá
velar porque”.
• Elimínase la segunda oración.
iii.
b)
Reemplázase en el tercer párrafo la expresión “los requerimientos
normativos instruidos” por la expresión “las instrucciones impartidas”.
Elimínase en el tercer párrafo de la letra e) Procedimiento para la declaración
y posterior castigo de las deudas previsionales y no previsionales la expresión
“junto con lo anterior,”
2.5. Reemplázase en el primer párrafo del número 3. Pruebas de estrés de riesgo de liquidez,
del Capítulo IV. Riesgo de liquidez, la expresión “deben estar”, por “se recomienda que
sean”.
2.6. Modifícase el Capítulo V. Riesgo operacional, de la siguiente forma:
2.6.1. Reemplázase en el tercer párrafo del número 1. Procesos sujetos a riesgo
operacional en la mutualidad, la expresión “La metodología de evaluación acerca
de cuáles procesos son críticos es una decisión de la gerencia general de la
mutualidad, que debe ser”, por la siguiente “Se considerará buena práctica que la
metodología de evaluación acerca de cuáles procesos son críticos sea”.
2.6.2. Modifícase el número 2. Actividades de gestión del riesgo operacional, en los
siguientes términos:
a) Modifícase la letra a) del siguiente modo:
i.
Reemplázase la expresión “El área especializada en la gestión de riesgos”,
por la expresión “La mutualidad”.
6
ii.
Agrégase a continuación del punto final, que pasa a ser punto seguido, el
siguiente texto: “De existir un área especializada en gestión de riesgos, será
ésta quién asuma dicha función.”
b) Reemplázase en la letra c) la expresión “especializada en”, por la expresión
“responsable de”.
2.6.3. Reemplázase en el cuarto párrafo del número 4. Política de actividades
externalizadas, la expresión “a la celebración de la Sesión de directorio donde ésta
fue aprobada”, por la expresión “a su aprobación”.
2.6.4. Elimínase el número 5. Requerimientos de información.
3. Reemplázase en la Letra C. Anexos, el Anexo N°17 “Informe de autoevaluación de cumplimiento
normativo de gestión de riesgos”, por el que se adjunta a esta circular.
III. VIGENCIA
Las modificaciones introducidas por la presente circular, entrarán en vigencia en la fecha de su
publicación.
Maria Soledad Ramirez
Herrera
Firmado digitalmente por
Maria Soledad Ramirez Herrera
MARIA SOLEDAD RAMÍREZ HERRERA
SUPERINTENDENTA DE SEGURIDAD SOCIAL
ana
Firmado
digitalmente por
patricia ana
patricia soto
altamirano
soto
Fecha:
altamiran 2021.12.28
13:07:32 -03'00'
o
Pamela Firmado
digitalmente por
Alejand Pamela
Alejandra
Gana Cornejo
ra Gana Fecha: 2021.12.28
12:50:03 -03'00'
Cornejo
PSA/PGC/VNC/ETS/FRR
DISTRIBUCIÓN:
Mutualidades de empleadores
Con copia informativa a:
- Departamento Contencioso Administrativo
- Departamento de Supervisión y Control
- Departamento de Regulación
- Unidad de Gestión Documental e Inventario
7
ANEXO N°17
Informe Autoevaluación de Cumplimiento Normativo de Gestión de Riesgos
Instructivo de llenado
Para informar acerca de la Autoevaluación de Cumplimiento Normativo de Gestión de Riesgos, se ha
definido la tabla del presente anexo. En ésta, solo es necesario llenar los campos en blanco (no gris), en
donde la mutualidad deberá pronunciarse respecto al nivel de cumplimiento respecto a lo instruido,
según corresponda.
No obstante lo expuesto anteriormente, la mutualidad podrá anexar información que considere
pertinente para dar mayor nivel de detalle a lo informado.
Informe Autoevaluación de Cumplimiento Normativo de Gestión de Riesgos
Ref.
Requerimiento
A.I.
Objetivo y marco referencial de la normativa
A.II.
Definiciones
A.II.1
Gestión de riesgos
A.II.2
Riesgo operacional
A.II.3
Riesgo técnico
A.II.4
Riesgo de mercado
A.II.5
Riesgo de liquidez
A.II.6
Riesgo de crédito
A.II.7
Reserva por prestaciones
A.II.8
Continuidad operacional
A.II.9
Análisis de Impacto del Riesgo (Risk Impact Analysis o RIA)
A.II.10
Análisis de Impacto al Negocio (Business Impact Analysis o BIA)
A.III.
Gestión de los Riesgos de las Mutualidades
A.III.1
Identificación de los riesgos más relevantes de la Mutualidad
%
Cumpli
miento
Observa
ción
Identificación de riesgos estratégicos
Construcción de indicadores clave de riesgo
A.III.2
Definición de una estrategia para gestionar los riesgos
A.III.3
Roles y responsabilidades en la gestión de riesgos
Establecimiento de roles y responsabilidades con respecto al Sistema de
Gestión Integral de Riesgos
1
A.III.3.a
Directorio de la Mutualidad
A.III.3.b
Comité de Riesgos
Establecimiento y documentación del estatuto del comité de riesgos
A.III.3.c
Gerencia General
A.III.3.d
Áreas Funcionales y de Apoyo
A.III.3.e
Área especializada en la Gestión de Riesgos
Implementación del área especializada en la gestión de riesgos
A.III.3.f
Auditoría Interna
A.III.4
Manuales de gestión de riesgos
Establecimiento y Aprobación del Manual de Riesgo Operacional
Establecimiento y Aprobación del Manual de Riesgo Técnico
Establecimiento y Aprobación del Manual de Riesgo de Liquidez
Establecimiento y Aprobación del Manual de Riesgo de Mercado
Establecimiento y Aprobación del Manual de Riesgo de Crédito
A.III.5
Cultura sobre la gestión de riesgos
Proceso de sensibilización en la organización con respecto a sistema de
gestión de riesgos
A.III.6
Pruebas de estrés
B.
Gestión específica de los riesgos
B.I.
Gestión del riesgo técnico
B.I.1
Aspectos generales
Manual para el cálculo y constitución de reservas.
a.
Metodología y procedimientos para medir impacto en reservas técnicas ante
variación de la tasa de interés técnico.
b.
Procedimientos para evaluar la suficiencia de reservas técnicas y riesgo de
longevidad
Evaluación de suficiencia de reservas técnicas por Backtesting, análisis de
escenarios de insuficiencia y escenarios de estrés.
c. Procedimiento para gestión de siniestros
B.I.2
Medición
a. Suficiencia de reserva por pago de pensiones
b. Suficiencia de reserva por prestaciones médicas
c. Cumplimiento de tablas
d. Gestión de siniestros
B.I.3
Pruebas de estrés de riesgo técnico
2
Documento resultados prueba estrés riesgo técnico
B.II.
Gestión del riesgo de mercado
B.II.1
Aspectos generales
a. Política de Inversiones
b.
Definición de responsabilidades y comités para la implementación de la
estrategia de inversiones
c. Procedimientos para la gestión de activos financieros
B.II.2
Medición
Implementación de los indicadores de:
a. Medición de riesgo de tasa de interés de mercado
b. Medición del riesgo de cambio de precio de la renta variable
B.II.3
Pruebas de estrés de riesgo de mercado
Documento resultados prueba estrés riesgo de mercado
B.III.
Gestión del riesgo de crédito
B.III.1
Aspectos generales
a. Establecimiento de límites por riesgo de crédito
b. Procedimientos para reportabilidad de la exposición al riesgo de crédito
c. Sistema de información de apoyo a la gestión del riesgo de crédito
B.III.2
Medición
a. Implementar la medición del riesgo de crédito para inversiones financieras.
b.
Implementar la medición del riesgo de crédito de las cotizaciones, mediante
los siguientes ratios:
i. Tasa de impago por número de cotizaciones por cobrar
ii. Tasa de impago por monto de cotizaciones por cobrar
iii Recuperación de cotizaciones por cobrar
c.
Implementar la medición del riesgo de crédito por venta de servicios a
terceros, mediante los siguientes ratios:
i. Tasa de impago por número de venta de servicios a terceros
ii. Tasa de impago por monto de venta de servicios a terceros
iii. Recuperación, para actividades por venta de servicios a terceros
B.III.3.
Pruebas de estrés
Documento resultados de prueba de estrés de riesgo de crédito
B.III.4.
Reconocimiento y provisiones por riesgo de crédito
B.IV.1
Gestión del riesgo de liquidez
B.IV.1
Aspectos generales
3
a. Evaluación de necesidades de liquidez
b. Clasificación de activos de la entidad por grado de liquidez
c. Análisis de fuentes adicionales de liquidez
d. Definición de activos líquidos disponibles
e. Mecanismos de monitoreo de control de límites
B.IV.2
Medición
a. Modelo de brechas temporales de liquidez
b. Implementación de indicadores de:
i. Cobertura de desembolsos
ii. Liquidez inmediata
iii. Liquidez de corto plazo
B.IV.3
Pruebas de estrés de riesgo de liquidez
Documento resultados prueba estrés riesgo de liquidez
B.V.
Gestión del riesgo operacional
B.V.1
Procesos sujetos a riesgo operacional en la Mutualidad
Mapa de procesos, con identificación de los procesos críticos
Levantamiento de procesos de:
a. Prestaciones médicas
b. Prestaciones económicas
c. Prestaciones preventivas
e. Reservas técnicas
e. Afiliación o adhesión
f. Inversiones
g. Recaudación de cotizaciones
h. Cobranzas
i. Recepción de demandas judiciales y juicios
j. Otros
B.V.2
Actividades de gestión del riesgo operacional
Levantamiento de matrices de riesgos y controles
B.V.3
Generación de una base de eventos de riesgo operacional
Generación base de datos de eventos de riesgo operacional
B.V.4
Política de actividades externalizadas
Política para las actividades externalizadas
B.V.5
Requerimientos de información
4
B.VI
Gestión de la continuidad operacional
B.VI.1
Identificación y análisis del entorno operativo
B.VI.2
Planes de continuidad operacional
B.VI.3
Pruebas de efectividad a los planes de continuidad operacional
B.VI.4
Revisión y mejora continua
B.VI.5
Envío de información a la Superintendencia de Seguridad Social
5
CIRCULAR N°3.644
SANTIAGO, 27 DE DICIEMBRE DE 2021
GESTIÓN DE RIESGOS FINANCIEROS Y OPERACIONALES
MODIFICA EL TITULO I. GOBIERNO CORPORATIVO Y EL TÍTULO IV.
GESTIÓN DE RIESGOS FINANCIEROS Y OPERACIONALES, AMBOS DEL LIBRO
VII. ASPECTOS OPERACIONALES Y ADMINISTRATIVOS DEL COMPENDIO DE
NORMAS DEL SEGURO SOCIAL DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y
ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA LEY N°16.744
La Superintendencia de Seguridad Social, en uso de las atribuciones que le confieren los artículos 2°, 3°,
30 y 38 de la Ley N°16.395 y el artículo 12 de la Ley N°16.744, ha estimado necesario modificar el Título
IV del Libro VII del Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades
Profesionales de la Ley N°16.744, con la finalidad de adecuarlo al Dictamen N°20.323, de 2018, de la
Contraloría General de la República relativo a sus facultades legales para impartir instrucciones en
materias relacionadas con el Gobierno Corporativo de las mutualidades de empleadores. Asimismo, se
modifica el Anexo N°1 “Informe de autoevaluación de buenas prácticas de gobierno corporativo”, de la
Letra H. Anexos, del Título I del citado libro, incorporando un set de preguntas relativas a instrucciones
sobre gestión de riesgos que se reformulan como buenas prácticas o recomendaciones.
I.
MODIFÍCASE LA LETRA H. ANEXOS, DEL TÍTULO I. GOBIERNO CORPORATIVO, DE LA
SIGUIENTE FORMA:
Agrégase en la Tabla: Buenas Prácticas de Gobierno Corporativo, del Anexo N°1 “Informe de
autoevaluación de buenas prácticas de gobierno corporativo”, las siguientes filas:
Sobre Gestión de Riesgos
II.
38
•
La mutualidad posee un área especializada en la gestión de riesgos,
independiente de las áreas funcionales y de apoyo, que disponga de
recursos suficientes para el pleno desarrollo de sus actividades, y que
goce de la autonomía necesaria para la toma de decisiones.
39
•
En caso de poseer un área especializada en la gestión de riesgos, esa área
está a cargo de un profesional, con dependencia directa de la gerencia
general.
40
•
El área especializada en la gestión de riesgos, reporta conjuntamente al
comité de riesgos y al directorio.
41
•
La contratación y remoción del encargado del área especializada en la
gestión de riesgos, se efectúa con la aprobación del directorio.
42
•
El directorio está en conocimiento y aprueba, constatado en las actas de
las respectivas sesiones, el resultado de las pruebas de estrés periódicas
que se realizan respecto a los diferentes tipos de riesgos.
43
•
La gerencia general es responsable de elegir modelos para la medición de
los riesgos apropiados a la naturaleza y complejidad de las operaciones
de la mutualidad los que son aprobados por el directorio.
44
•
El directorio contempla entre sus funciones la responsabilidad de la
gestión de riesgos y determinación de la estrategia general de gestión de
riesgos de la entidad. Las funciones del Directorio, en esta materia,
incluyen las recomendaciones indicadas en la Letra B, Título I, de este
Libro VII, del Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del
Trabajo y Enfermedades Profesionales.
45
•
El Directorio es el responsable de monitorear que la entidad cuente con
un nivel de provisiones por riesgo de crédito adecuado de acuerdo a la
morosidad que presente la cartera de deudores previsionales y no
previsionales.
INTRODÚCENSE LAS SIGUIENTES MODIFICACIONES AL TÍTULO IV. GESTIÓN DE RIESGOS
FINANCIEROS Y OPERACIONALES:
1.
Modifícase la Letra A. Sistema de Gestión de Riesgos, del siguiente modo:
2
1.1. Reemplázase en el tercer párrafo del Capítulo I. Objetivo y marco referencial de la
normativa, la expresión “y de crédito”, por la expresión “de crédito y reputacional”.
1.2. Agrégase en la primera oración de la letra d) del número 7. Reserva de Prestaciones, del
Capítulo II. Definiciones, a continuación de la expresión “enfermedad profesional”, la
siguiente frase:
“, incluyéndose las responsabilidades derivadas de la aplicación de los programas de
vigilancia.”
1.3. Modifícase el Capítulo III. Gestión de los riesgos de las mutualidades, de la siguiente
forma:
1.3.1. Reemplázase en el encabezado la expresión “y controlada por la gerencia general
de”, por la expresión “por”.
1.3.2. Modifícase el número 2. Definición de una estrategia para gestionar los riesgos, del
siguiente modo:
a) Reemplázase en el segundo párrafo la expresión “La gerencia general de la
mutualidad es responsable de identificar y cuantificar la magnitud de cada uno
de los riesgos a los que se enfrenta”, por la siguiente: “Se deberá identificar y
cuantificar la magnitud de cada uno de los riesgos a los que se enfrenta la
mutualidad”.
b) Reemplázase en la primera oración del tercer párrafo la expresión:
“responsabilidad de la gerencia general elegir modelos apropiados a la
naturaleza y complejidad de las operaciones de la mutualidad, los que deben
ser”, por la siguiente: “una buena práctica que la gerencia general tenga la
responsabilidad de elegir modelos apropiados a la naturaleza y complejidad de
las operaciones de la mutualidad, y que sean”.
1.3.3. Modifícase el número 3. Roles y responsabilidades en la gestión de riesgos, de la
siguiente forma:
a) Reemplázase el párrafo único de la letra a) Directorio, por el siguiente:
“Se considerará buena práctica que el directorio contemple entre sus funciones
la responsabilidad de la gestión de riesgos y determinación de la estrategia
general de gestión de riesgos de la entidad, pudiendo en todo caso delegar en la
gerencia general su implementación adecuada y eficiente. Las funciones del
Directorio, en esta materia, debieran comprenden al menos las
recomendaciones indicadas en la Letra B, Título I, de este Libro VII.”
b) Modifícase la letra b) Comité de riesgos, en los siguientes términos:
i.
Reemplázase el primer párrafo, por el siguiente:
“Es recomendable que el directorio, de modo de involucrarse activamente
en la gestión de riesgos, constituya un comité de riesgos, el cual sesione
periódicamente y se componga a lo menos por un director representante
de las entidades empleadoras adherentes y un director representante de
los trabajadores, y que cuente con la participación permanente de asesores
externos y del responsable del área especializada en la gestión de riesgos,
con derecho a voz, pudiendo ser excluidos de las deliberaciones en
cualquier momento a petición de un director.”
ii.
Modifícase el segundo párrafo del siguiente modo:
•
Reemplazáse en la primera oración la frase “Los asesores externos
deben ser”, por “Se considerará buena práctica que los asesores
externos sean”.
3
•
Reemplázase en la segunda oración, la frase “Por otra parte, los
asesores externos deben suscribir” por “Además, es recomendable que
suscriban”
iii.
Reemplazáse en la primera oración del tercer párrafo la expresión: “El
comité debe contar con un estatuto, aprobado por el directorio, el que
debe”, por la siguiente: “De igual modo, el estatuto del comité, aprobado
por el directorio, debiese”.
iv.
Reemplázanse en el cuarto párrafo las expresiones “deben quedar”, por
“debiesen quedar” y “quede” por “se deje”.
v.
Reemplázase el encabezado del quinto párrafo, por el siguiente: “Será
buena práctica que las funciones del comité de riesgos comprendan al
menos:”
c) Modifícase la letra c) Gerencia, del siguiente modo:
i.
Reemplázase el primer párrafo, por el siguiente:
“Se considerará buena práctica que el directorio asigne a la gerencia general
la responsabilidad de ejecutar en forma efectiva y eficiente el modelo de
gestión de riesgos, todo ello de acuerdo con las políticas, los manuales y los
procedimientos previamente establecidos.”
ii.
Modifícase el segundo párrafo, en la siguiente forma:
• Reemplázase en el encabezado la expresión “encuentran” por “debiesen
considerar las siguientes”.
• Reemplázase en su número iii la expresión “la regulación” por “las
recomendaciones”.
d) Modifícase la letra d) Áreas funcionales y de apoyo, del siguiente modo:
i.
Reemplázase el primer párrafo, por el siguiente:
“Se considerará buena práctica que las distintas áreas de la mutualidad
(tomadoras de riesgos), se involucren activamente en la gestión de los
riesgos, siendo responsables del funcionamiento del sistema de gestión de
riesgos dentro de su área. Para tal efecto contarán con el asesoramiento
del área especializada en la gestión de riesgos.”
ii.
Reemplázase el encabezado del segundo párrafo por el siguiente:
“Es recomendable que las distintas áreas funcionales y de apoyo tengan
entre sus funciones, las siguientes:”
e) Modifícase la letra e) Área especializada en la gestión de riesgos, en los
siguientes términos:
i.
Reemplázanse los párrafos primero y segundo actuales por el siguiente
párrafo primero nuevo, pasando los párrafos tercero, cuarto, quinto, sexto
y séptimo actuales, a ser los párrafos segundo, tercero, cuarto, quinto y
sexto nuevos.
“Se considerará buena práctica que las mutualidades cuenten con un área
especializada en la gestión de riesgos, la cual debe ser independiente de las
áreas funcionales y de apoyo, que disponga de recursos suficientes para el
pleno desarrollo de sus actividades, y que goce de la autonomía necesaria
para la toma de decisiones.”
ii.
Reemplázase en el párrafo tercero actual que ha pasado a ser el párrafo
segundo nuevo, la frase “La gestión de riesgos debe estar”, por la siguiente:
“Es recomendable que la gestión de riesgos esté”.
4
iii.
Reemplázase el párrafo cuarto actual que ha pasado a ser el párrafo tercero
nuevo, por el siguiente:
“Sin perjuicio que el área especializada en la gestión de riesgos dependa del
gerente general, se estima necesario que dicha área reporte también al
comité de riesgos y al directorio. Por otra parte, es recomendable que la
contratación y remoción del encargado de esta área, se efectúe con la
aprobación del directorio, lo que deberá ser informado a la
Superintendencia de Seguridad Social, junto con el envío de la
correspondiente acta de directorio, donde conste la contratación o
remoción, y se indiquen, en este último caso, las causas de la
desvinculación.”
iv.
Elimínase en el párrafo quinto actual que ha pasado a ser el párrafo cuarto
nuevo, la expresión “dictadas por el directorio”.
v.
Reemplázase el encabezado del párrafo sexto actual que ha pasado a ser el
párrafo quinto nuevo, por el siguiente:
“Es recomendable que dicha área tenga a cargo, entre otras funciones, las
siguientes:”
vi.
Reemplázase el párrafo séptimo actual que ha pasado a ser párrafo sexto
nuevo, por el siguiente:
“Se podrán delegar determinadas funciones de las indicadas
precedentemente, tales como la realización de pruebas a los
procedimientos y controles, en personas o entidades calificadas externas,
bajo supervisión y responsabilidad de área especializada en la gestión de
riesgos.”
f) Modifícase la letra f) Auditoría interna, del siguiente modo:
i.
Reemplázase en el primer párrafo la frase “, con dependencia directa del
directorio, debe”, por “debe depender directamente del directorio, y tiene
como función”.
ii.
Reemplázase el segundo párrafo por el siguiente:
“El rol de auditoría interna debe ser independiente del área encargada de
la gestión de riesgos, debiendo a su vez contar con los recursos necesarios,
la autonomía y la objetividad que le permitan entregar información
relevante sobre la calidad de la gestión de riesgos que se realiza en la
mutualidad, para la toma de decisiones del directorio.”
1.3.4. Reemplázase en el tercer párrafo del número 4. Manual de gestión de riesgos, la
expresión “la celebración de la Sesión de directorio donde éste fue aprobado”, por
la expresión “su aprobación”.
1.3.5. Reemplázase en el párrafo sexto del número 6. Pruebas de estrés, la expresión “,
previa aprobación por parte del”, por la siguiente “. Se considerará buena práctica
que dichas pruebas de estrés sean aprobadas por el”.
2. Modifícase la Letra B. Gestión específica de los riesgos, de la siguiente manera:
2.1. Reemplazase en el encabezado la expresión “y V”, por “,V, VI y VII”.
2.2. Modifícase el Capítulo I. Riesgo técnico, de la manera que sigue:
2.2.1. Modifícase el número 1. Aspectos generales, en los siguientes términos:
a)
Elimínase en la primera oración del párrafo quinto, la expresión “aprobado
por el directorio,”.
5
b)
Reemplázase en el párrafo sexto la expresión “la celebración de la sesión de
directorio donde éste fue aprobado”, por la expresión “su aprobación”.
c)
Reemplázase el encabezado del párrafo séptimo, por el siguiente: “En forma
específica, es recomendable que la mutualidad contemple en la respectiva
política y manual, según corresponda, los siguientes elementos:”
2.2.2. Reemplázase en el primer párrafo del número 3. Pruebas de estrés de riesgo
técnico, la expresión “debe estar” por “se recomienda que sean”.
2.3. Reemplázase en el primer párrafo del número 3. Pruebas de estrés de riesgo de mercado,
del Capítulo II. Riesgo de mercado, la expresión “deben estar”, por “se recomienda que
sean”.
2.4. Modifícase el Capítulo III. Riesgo de crédito, de la siguiente forma:
2.4.1. Reemplázase en el primer párrafo del número 3. Pruebas de estrés de riesgo de
crédito, la expresión “deben estar”, por “se recomienda que sean”.
2.4.2. Modifícase el número 4. Reconocimiento y provisiones por riesgo de crédito, de
la siguiente manera:
a)
Modifícase la letra b) Roles y responsabilidades, del siguiente modo:
i.
Reemplázase el primer párrafo por el siguiente:
“Se considerará buena práctica que el directorio de la mutualidad sea el
responsable de monitorear que la entidad cuente con un nivel de
provisiones adecuado de acuerdo a la morosidad que presente la cartera
de deudores previsionales y no previsionales.”
ii.
Modifícase el segundo párrafo, de la siguiente forma:
• Reemplázase en la primera oración, la expresión “la gerencia general
de la mutualidad deberá garantizar que”, por “la mutualidad deberá
velar porque”.
• Elimínase la segunda oración.
iii.
b)
Reemplázase en el tercer párrafo la expresión “los requerimientos
normativos instruidos” por la expresión “las instrucciones impartidas”.
Elimínase en el tercer párrafo de la letra e) Procedimiento para la declaración
y posterior castigo de las deudas previsionales y no previsionales la expresión
“junto con lo anterior,”
2.5. Reemplázase en el primer párrafo del número 3. Pruebas de estrés de riesgo de liquidez,
del Capítulo IV. Riesgo de liquidez, la expresión “deben estar”, por “se recomienda que
sean”.
2.6. Modifícase el Capítulo V. Riesgo operacional, de la siguiente forma:
2.6.1. Reemplázase en el tercer párrafo del número 1. Procesos sujetos a riesgo
operacional en la mutualidad, la expresión “La metodología de evaluación acerca
de cuáles procesos son críticos es una decisión de la gerencia general de la
mutualidad, que debe ser”, por la siguiente “Se considerará buena práctica que la
metodología de evaluación acerca de cuáles procesos son críticos sea”.
2.6.2. Modifícase el número 2. Actividades de gestión del riesgo operacional, en los
siguientes términos:
a) Modifícase la letra a) del siguiente modo:
i.
Reemplázase la expresión “El área especializada en la gestión de riesgos”,
por la expresión “La mutualidad”.
6
ii.
Agrégase a continuación del punto final, que pasa a ser punto seguido, el
siguiente texto: “De existir un área especializada en gestión de riesgos, será
ésta quién asuma dicha función.”
b) Reemplázase en la letra c) la expresión “especializada en”, por la expresión
“responsable de”.
2.6.3. Reemplázase en el cuarto párrafo del número 4. Política de actividades
externalizadas, la expresión “a la celebración de la Sesión de directorio donde ésta
fue aprobada”, por la expresión “a su aprobación”.
2.6.4. Elimínase el número 5. Requerimientos de información.
3. Reemplázase en la Letra C. Anexos, el Anexo N°17 “Informe de autoevaluación de cumplimiento
normativo de gestión de riesgos”, por el que se adjunta a esta circular.
III. VIGENCIA
Las modificaciones introducidas por la presente circular, entrarán en vigencia en la fecha de su
publicación.
Maria Soledad Ramirez
Herrera
Firmado digitalmente por
Maria Soledad Ramirez Herrera
MARIA SOLEDAD RAMÍREZ HERRERA
SUPERINTENDENTA DE SEGURIDAD SOCIAL
ana
Firmado
digitalmente por
patricia ana
patricia soto
altamirano
soto
Fecha:
altamiran 2021.12.28
13:07:32 -03'00'
o
Pamela Firmado
digitalmente por
Alejand Pamela
Alejandra
Gana Cornejo
ra Gana Fecha: 2021.12.28
12:50:03 -03'00'
Cornejo
PSA/PGC/VNC/ETS/FRR
DISTRIBUCIÓN:
Mutualidades de empleadores
Con copia informativa a:
- Departamento Contencioso Administrativo
- Departamento de Supervisión y Control
- Departamento de Regulación
- Unidad de Gestión Documental e Inventario
7
ANEXO N°17
Informe Autoevaluación de Cumplimiento Normativo de Gestión de Riesgos
Instructivo de llenado
Para informar acerca de la Autoevaluación de Cumplimiento Normativo de Gestión de Riesgos, se ha
definido la tabla del presente anexo. En ésta, solo es necesario llenar los campos en blanco (no gris), en
donde la mutualidad deberá pronunciarse respecto al nivel de cumplimiento respecto a lo instruido,
según corresponda.
No obstante lo expuesto anteriormente, la mutualidad podrá anexar información que considere
pertinente para dar mayor nivel de detalle a lo informado.
Informe Autoevaluación de Cumplimiento Normativo de Gestión de Riesgos
Ref.
Requerimiento
A.I.
Objetivo y marco referencial de la normativa
A.II.
Definiciones
A.II.1
Gestión de riesgos
A.II.2
Riesgo operacional
A.II.3
Riesgo técnico
A.II.4
Riesgo de mercado
A.II.5
Riesgo de liquidez
A.II.6
Riesgo de crédito
A.II.7
Reserva por prestaciones
A.II.8
Continuidad operacional
A.II.9
Análisis de Impacto del Riesgo (Risk Impact Analysis o RIA)
A.II.10
Análisis de Impacto al Negocio (Business Impact Analysis o BIA)
A.III.
Gestión de los Riesgos de las Mutualidades
A.III.1
Identificación de los riesgos más relevantes de la Mutualidad
%
Cumpli
miento
Observa
ción
Identificación de riesgos estratégicos
Construcción de indicadores clave de riesgo
A.III.2
Definición de una estrategia para gestionar los riesgos
A.III.3
Roles y responsabilidades en la gestión de riesgos
Establecimiento de roles y responsabilidades con respecto al Sistema de
Gestión Integral de Riesgos
1
A.III.3.a
Directorio de la Mutualidad
A.III.3.b
Comité de Riesgos
Establecimiento y documentación del estatuto del comité de riesgos
A.III.3.c
Gerencia General
A.III.3.d
Áreas Funcionales y de Apoyo
A.III.3.e
Área especializada en la Gestión de Riesgos
Implementación del área especializada en la gestión de riesgos
A.III.3.f
Auditoría Interna
A.III.4
Manuales de gestión de riesgos
Establecimiento y Aprobación del Manual de Riesgo Operacional
Establecimiento y Aprobación del Manual de Riesgo Técnico
Establecimiento y Aprobación del Manual de Riesgo de Liquidez
Establecimiento y Aprobación del Manual de Riesgo de Mercado
Establecimiento y Aprobación del Manual de Riesgo de Crédito
A.III.5
Cultura sobre la gestión de riesgos
Proceso de sensibilización en la organización con respecto a sistema de
gestión de riesgos
A.III.6
Pruebas de estrés
B.
Gestión específica de los riesgos
B.I.
Gestión del riesgo técnico
B.I.1
Aspectos generales
Manual para el cálculo y constitución de reservas.
a.
Metodología y procedimientos para medir impacto en reservas técnicas ante
variación de la tasa de interés técnico.
b.
Procedimientos para evaluar la suficiencia de reservas técnicas y riesgo de
longevidad
Evaluación de suficiencia de reservas técnicas por Backtesting, análisis de
escenarios de insuficiencia y escenarios de estrés.
c. Procedimiento para gestión de siniestros
B.I.2
Medición
a. Suficiencia de reserva por pago de pensiones
b. Suficiencia de reserva por prestaciones médicas
c. Cumplimiento de tablas
d. Gestión de siniestros
B.I.3
Pruebas de estrés de riesgo técnico
2
Documento resultados prueba estrés riesgo técnico
B.II.
Gestión del riesgo de mercado
B.II.1
Aspectos generales
a. Política de Inversiones
b.
Definición de responsabilidades y comités para la implementación de la
estrategia de inversiones
c. Procedimientos para la gestión de activos financieros
B.II.2
Medición
Implementación de los indicadores de:
a. Medición de riesgo de tasa de interés de mercado
b. Medición del riesgo de cambio de precio de la renta variable
B.II.3
Pruebas de estrés de riesgo de mercado
Documento resultados prueba estrés riesgo de mercado
B.III.
Gestión del riesgo de crédito
B.III.1
Aspectos generales
a. Establecimiento de límites por riesgo de crédito
b. Procedimientos para reportabilidad de la exposición al riesgo de crédito
c. Sistema de información de apoyo a la gestión del riesgo de crédito
B.III.2
Medición
a. Implementar la medición del riesgo de crédito para inversiones financieras.
b.
Implementar la medición del riesgo de crédito de las cotizaciones, mediante
los siguientes ratios:
i. Tasa de impago por número de cotizaciones por cobrar
ii. Tasa de impago por monto de cotizaciones por cobrar
iii Recuperación de cotizaciones por cobrar
c.
Implementar la medición del riesgo de crédito por venta de servicios a
terceros, mediante los siguientes ratios:
i. Tasa de impago por número de venta de servicios a terceros
ii. Tasa de impago por monto de venta de servicios a terceros
iii. Recuperación, para actividades por venta de servicios a terceros
B.III.3.
Pruebas de estrés
Documento resultados de prueba de estrés de riesgo de crédito
B.III.4.
Reconocimiento y provisiones por riesgo de crédito
B.IV.1
Gestión del riesgo de liquidez
B.IV.1
Aspectos generales
3
a. Evaluación de necesidades de liquidez
b. Clasificación de activos de la entidad por grado de liquidez
c. Análisis de fuentes adicionales de liquidez
d. Definición de activos líquidos disponibles
e. Mecanismos de monitoreo de control de límites
B.IV.2
Medición
a. Modelo de brechas temporales de liquidez
b. Implementación de indicadores de:
i. Cobertura de desembolsos
ii. Liquidez inmediata
iii. Liquidez de corto plazo
B.IV.3
Pruebas de estrés de riesgo de liquidez
Documento resultados prueba estrés riesgo de liquidez
B.V.
Gestión del riesgo operacional
B.V.1
Procesos sujetos a riesgo operacional en la Mutualidad
Mapa de procesos, con identificación de los procesos críticos
Levantamiento de procesos de:
a. Prestaciones médicas
b. Prestaciones económicas
c. Prestaciones preventivas
e. Reservas técnicas
e. Afiliación o adhesión
f. Inversiones
g. Recaudación de cotizaciones
h. Cobranzas
i. Recepción de demandas judiciales y juicios
j. Otros
B.V.2
Actividades de gestión del riesgo operacional
Levantamiento de matrices de riesgos y controles
B.V.3
Generación de una base de eventos de riesgo operacional
Generación base de datos de eventos de riesgo operacional
B.V.4
Política de actividades externalizadas
Política para las actividades externalizadas
B.V.5
Requerimientos de información
4
B.VI
Gestión de la continuidad operacional
B.VI.1
Identificación y análisis del entorno operativo
B.VI.2
Planes de continuidad operacional
B.VI.3
Pruebas de efectividad a los planes de continuidad operacional
B.VI.4
Revisión y mejora continua
B.VI.5
Envío de información a la Superintendencia de Seguridad Social
5