Dictamen · SUSESO
N° 21100-2015
7 abr 2015
Destinatario
PARTICULAR
Texto completo
1.- Usted se dirigió a esta Superintendencia, reclamando en contra de la resolución mediante la cual la mutualidad, calificó como de naturaleza común el siniestro que sufrió en su lugar de trabajo, el día 28 de enero de 2015, en circunstancias que, al dejar su asiento y para evitar caer al piso, resultando con desgarro muscular.
Acompaña, entre otros antecedentes, Certificado de Derivación de Paciente, de 4 de febrero de 2015, y original de certificado emitido por su empleador, en el que se describe su accidente en los mismos términos precedentes.
2.- Requerida al efecto, la citada mutualidad remitió copia del pertinente informe médico, de su Ficha Clínica, DIAT y CD, antecedentes conforme a los cuales concluyó que el "Desgarro Muscular de Muslo" que Ud. presenta es de origen no laboral, pues no existió un mecanismo concordante ni de suficiente energía como para provocar una lesión de 23 centímetros de longitud, por 4,4 centímetros de Grosor y 7,1 centímetros de diámetro transversal, en una estructura previamente sana.
3.- Sobre el particular, cabe señalar que los antecedentes del caso han sido estudiados por profesionales médicos de esta Superintendencia, quienes informaron que el mecanismo lesional descrito es insuficiente. En la especie, agregan, se trata de un cuadro de naturaleza degenerativa y, por lo tanto, de origen común.
4.- En mérito de lo informado, esta Superintendencia califica como de origen común y no profesional el cuadro clínico que presentara, por lo que no corresponde otorgarle la cobertura de la Ley N°16.744.
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Título Detalle Ley 16.744 Ley 16.744
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