Ordinario · Dirección del Trabajo
N° 1888 de 2019
23 may 2019
Caso genérico; Competencia; Dirección del Trabajo; Tribunales de Justicia
Competencia y actuación de la DT
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Lo que resuelve
Informa sobre la falta de supuestos necesarios para la emisión de un pronunciamiento en la materia que indica.
Texto completo
Departamento Jurídico y Fiscalía
Unidad de Pronunciamientos,
Innovación y Estudios Laborales
E.11039(714)2019
ORD.: 1888
MAT.: Caso genérico; Competencia; Dirección del Trabajo; Tribunales de Justicia;
RORD.: Informa sobre la falta de supuestos necesarios para la emisión de un pronunciamiento en la materia que indica.
ANT.: 1) Instrucciones de 29.04.2019 de Jefa Unidad Pronunciamientos.
2) Presentación de 02.04.2019 de don [nombre reservado], 23.05.2019
DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
A : SR.
[nombre reservado]
[domicilio reservado], Villa Navidad, comuna P.A.C.
Mediante presentación del Ant.2), se ha consultado si se estaría en presencia de una represalia laboral por parte del empleador si se diera un caso como el que expone de manera teórica.
Al respecto, corresponde informar que la citada presentación se limita a describir un caso meramente hipotético, lo que impide que este Servicio pueda pronunciarse al no haber hechos concretos, de los cuales puedan obtenerse circunstancias y sujetos reales que justifiquen un análisis jurídico.
A mayor abundamiento, tal como se sostuvo en Ord. N°1655 de 02.04.2018, cabe advertir que esta Dirección no puede pronunciarse sobre meras especulaciones, razón por la cual corresponde que, en el evento concreto de producirse situaciones que, en el ámbito del contrato de trabajo, Ud. estime contrarias a Derecho, solicite oportunamente la intervención fiscalizadora de este Servicio.
Por último, útil es tener presente que la trasgresión a la garantía de indemnidad que consagra el artículo 485, inciso 3°, del Código del Trabajo, sólo puede ser determinada y sancionada, en cada caso, por la Judicatura Laboral competente.
Saluda atentamente,
DAVID ODDÓ BEAS
ABOGADO
JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
MBAC/CLCH
Distribución:
Dest
Jurídico
Partes
Control.
caso genérico, competencia, dirección trabajo, tribunales justicia,
Dictámenes concordantes
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Citado por 24 pronunciamientos posteriores (los 10 más recientes)
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Dirección del Trabajo. Competencia. Casos genéricos o hipotéticos.
Atiende presentación que indica.
Dirección del Trabajo; Competencia; Caso genérico
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Dirección del Trabajo; Competencia; Tribunales de justicia
La Dirección del Trabajo carece de competencia para conocer de una materia laboral controvertida entre la parte empleadora y trabajadora que requiera de prueba y su ponderación, como sería demostrar que una modificación de turnos fue por acuerdo de las partes y no decisión unilateral de una de ellas, lo que…
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La Dirección del Trabajo carece de competencia para conocer de de una materia laboral controvertida entre la parte empleadora y trabajadora que requiera de prueba y su ponderación. Déjase sin efecto el oficio de Instrucciones Nº D.P. de Inspección Comunal del trabajo de Maipu.
Competencia Dirección del Trabajo; Consulta genérica
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